Las empleadas del hogar están cada vez más cerca de poder solicitar la prestación por desempleo por primera vez en la historia de España. Sin embargo, desde que el pasado 10 de junio, fecha en la que el Gobierno de España hizo público este nuevo logro en materia laboral, aún no se conoce la fecha exacta en la que las trabajadoras domésticas podrán cobrar el paro.
El Secretario de Estado de Trabajo, Joaquín Pérez, avanzó hace unas semanas que el Ejecutivo tiene el firme propósito de aprobar la nueva Ley “con efectos inmediatos”. No obstante, para resolver esta cuestión, este medio de comunicación aprovechó la rueda de prensa de la presentación de los datos del paro para volver a preguntar por este asunto.
Empleadas domésticas: Trabajo aclara cuándo podrán solicitar la prestación por desempleo
“Estamos ultimando los detalles de esta normativa. No solo para que las empleadas del hogar puedan acceder a la prestación por desempleo, sino también para extender sus derechos, que a lo largo de la historia han sido discriminatorios”, declaró la mano derecha y ‘número dos’ de Yolanda Díaz, ministra de Trabajo y Economía Social.
Perez también aclaró al respecto que “los plazos estipulados se están demorando” porque se está integrando a este sector de profesionales por primera vez en el SEPE, órgano público que gestiona esta prestación contributiva.
Por otro lado, el nuevo Real Decreto-Ley busca acabar con el despido sin justificar. Así lo comunicó la vicepresidenta del Gobierno de España durante una de sus intervenciones en el Congreso de los Diputados. En este sentido, el secretario de Estado de Trabajo se refirió a que el texto abordará la inclusión de las trabajadoras en la prevención de riesgos laborales y se prevé “establecer un mecanismo que las proteja adecuadamente frente al despido”.
En la actualidad, el empleador tiene la opción de invocar el “desistimiento”. Consiste en la posibilidad de despedir a una empleada doméstica sin tener que justificar el motivo del cese de contrato. Solo debe avisar con 20 días de antelación, en el caso de que la trabajadora lleve más de un año trabajando, o de siete días si su antigüedad es inferior. Deberá pagar el abono del equivalente a 12 días por año trabajado, con tope de seis mensualidades.
Qué requisitos deberán cumplir las empleadas del hogar para tener derecho a paro en 2022
Desde el Servicio Estatal Público de Empleo se exigen una serie de condiciones para que las trabajadores del hogar puedan cobrar la prestación contributiva por desempleo. Todas las trabajadoras desempleadas deberán:
- Estar dadas de alta en el régimen contributivo de la Seguridad Social.
- Darse de alta como demandantes de empleo en el SEPE.
- Haber cotizado durante 360 días o más, durante los seis años anteriores, es decir, desde que se perdió el paro.
- Estar en una situación legal de desempleo y suscribir el compromiso de actividad.
- No haber cumplido todavía la edad ordinaria de jubilación, es decir, los 65 años, siempre que se haya cotizado más de 37 años y seis meses a la Seguridad Social.
- No se podrá cobrar una pensión de la Seguridad Social incompatible.
- No se podrá hacer ninguna actividad como autónomo o asalariado a tiempo completo, excepto si hubiera la posibilidad, porque así lo establece un programa que fomenta la empleabilidad.
¿Cuánto van a cobrar de paro las empleadas del hogar en 2022?
Al igual que el resto de trabajadores, las empleadas del hogar cobrarán un importe u otro, según los años que se hayan cotizado en los últimos seis meses que hayan estado dadas de alta. Se toman como referencia las bases de cotización al Instituto Nacional de la Seguridad Social por contingencias profesionales.
Así, la prestación por desempleo tendrá una cuantía u otra, dependiendo de la duración a la que se tenga derecho:
- A lo largo de los primeros seis meses, se va a poder percibir el 70% de la base reguladora.
- A partir de esos seis meses, se percibirá el 50% de la base reguladora hasta un máximo de dos años.
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