El permiso por fallecimiento de un familiar por la DANA podrá solicitarse hasta cinco días tras el entierro

El Ministerio de Trabajo aprobará permisos laborales retribuidos para quienes hayan sido afectados por la DANA.

Francisco Miralles

La vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, ha anunciado que se aprobarán una serie de permisos laborales retribuidos para los trabajadores afectados por la DANA que no puedan acudir a sus empleos debido a problemas de movilidad, daños en sus viviendas, necesidad de atender a familiares o dificultades de conexión. Así lo confirmó la vicepresidenta, quien detalló que estos permisos no tendrán una duración establecida y que, mientras se mantengan, los empleados conservarán tanto su salario como sus cotizaciones.

Díaz ha explicado que estos permisos permitirán a los afectados ausentarse de sus puestos de trabajo sin que estos días deban ser recuperados y sin perjuicio de su salario. La medida abarcará varias circunstancias, que además de los problemas de movilidad y los daños materiales, se incluyen las ausencias para atender a familiares o realizar reparaciones en las viviendas afectadas. La vicepresidenta advierte que, ante un despido motivado por esta situación, el mismo será declarado nulo, instando a las empresas a respetar la normativa.

Entre las causas, el plazo para acogerse al permiso por fallecimiento de un familiar a causa de la DANA, estableciendo que el cómputo de los cinco días se inicie a partir del sepelio y no del fallecimiento. Esta ampliación busca ofrecer mayor margen a las familias en estos momentos de duelo y reconstrucción tras la catástrofe.

“No vamos a fijar un plazo, excepto en el caso de fallecimiento,” ha explicado la ministra, “para el cual se ampliará a cinco días desde el día del sepelio. Este es el único plazo que vamos a establecer,” ha insistido, ya que el resto de los permisos (como las ausencias justificadas al trabajo) “tendrán un plazo indeterminado para atender las distintas situaciones”.

Denunciar cualquier tipo de infracción

En casos donde el teletrabajo sea posible, este será la alternativa prioritaria, siempre que se garanticen las condiciones de seguridad y conectividad adecuadas. No obstante, en situaciones en las que la presencialidad sea necesaria y la empresa facilite las condiciones para acudir de manera segura, los trabajadores estarán obligados a asistir.

La ministra Díaz también señalo la importancia de cumplir con las normativas laborales en este contexto de emergencia y alentó a los empleados a denunciar cualquier infracción ante la Inspección de Trabajo. Según señaló, se están monitorizando las empresas para verificar que respeten los derechos laborales durante la crisis.

Sobre los ERTE por fuerza mayor

Asimismo, los ERTE por fuerza mayor aplicados debido a la DANA tendrán carácter retroactivo, considerando como fecha de inicio el 29 de octubre. Díaz señalo que esta disposición tiene como objetivo principal proteger el tejido empresarial y preservar los empleos. A diferencia de los permisos retribuidos que se habilitaron durante la pandemia, en este caso no será necesario recuperar los días no trabajados.

La vicepresidenta explicó que la normativa no estará limitada geográficamente y atenderá cualquier situación derivada de la emergencia climática sin importar la zona afectada. Según la ministra, se trata de un “escudo laboral” que atenderá la realidad de la emergencia y las diferentes situaciones que atraviesan los trabajadores afectados.

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