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El Gobierno propone suspender de empleo y sueldo hasta 30 días a los funcionarios que lleguen tarde a trabajar

El PSOE propone endurecer las sanciones a los funcionarios modificando el Proyecto de Ley de la Función Pública a través de 37 enmiendas.


Empleados públicos trabajando
Empleados públicos trabajando |EFE
Fernando García Ferrer
Fecha de actualización:

El PSOE (Partido Socialista Obrero Español) ha registrado en el Congreso de los Diputados un total de 37 enmiendas al Proyecto de Ley de la Función Pública de la Administración General del Estado. De esta manera, el grupo parlamentario plantea endurecer las sanciones a los funcionarios públicos, como la suspensión de hasta 30 días de empleo y sueldo por incumplir injustificadamente el horario de trabajo, tal y como recoge una de las 37 propuestas.

Con estas enmiendas, el objetivo del grupo parlamentario es “impulsar medidas esperadas por los empleados públicos”, entre las que se encuentra la recuperación de la jubilación parcial, entre otras, explica el portavoz socialista de Función Pública, José Luis Aceves.

Sanciones para los funcionarios públicos por llegar tarde

Esta modificación del Proyecto de Ley, específicamente la enmienda del punto 3 del artículo 106 del proyecto de ley (página 20), propone un cambio en la duración de las sanciones para las faltas leves, quedando el texto de la siguiente manera:

Por la comisión de faltas leves podrán imponerse las siguientes sanciones:

  • La suspensión firme de funciones y retribuciones del personal funcionario por un período de uno a treinta días.

De esta manera, el PSOE propone una suspensión de empleo y sueldo de hasta 30 días a los funcionarios por incurrir en faltas leves, en lugar de hasta los 15 días que plantea el actual proyecto de ley.

¿Cuáles son las faltas leves?

Tal y como recoge el Proyecto de Ley de la Función Pública de la Administración del Estado, las faltas leves son las siguientes:

  • El incumplimiento injustificado del horario de trabajo cuando no suponga falta grave.
  • La falta de asistencia injustificada de un día.
  • La falta de consideración con cualquier persona en el ejercicio de sus funciones, cuando no sea constitutiva de falta grave.
  • El descuido o negligencia en el ejercicio de sus funciones.
  • El incumplimiento de los plazos o de cualquier otra de las disposiciones que regulan el procedimiento en materia de incompatibilidades, cuando no constituyan falta grave o muy grave.
  • Cualquier incumplimiento de los deberes y obligaciones del personal funcionario, siempre que no sean calificados como falta muy grave o grave.

La posibilidad de sancionar a los funcionarios públicos por llegar tarde se enmarca en el primer punto: “el incumplimiento injustificado del horario de trabajo cuando no suponga falta grave”.

Qué ocurre con las faltas graves y muy graves

El grupo parlamentario no considera necesario modificar el Proyecto de Ley en cuanto a las sanciones que se pueden imponer a los funcionarios públicos que incurran en faltas graves o muy graves.

En cuanto a la suspensión de empleo y sueldo, para las faltas graves tendría lugar durante por un período superior a 30 días e inferior a 2 años, y para las faltas muy graves el período sería de entre 2 y 6 años.

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