Permisos retribuidos para los afectados por DANA: ¿Quién puede teletrabajar?

El Ministerio de Trabajo establece permisos retribuidos y teletrabajo para los que vean afectada su seguridad. Estas son las situaciones que te permiten faltar al trabajo.

María Jose Martínez

Las consecuencias de la DANA han dibujado escenarios devastadores en muchas partes de España, que ahora tienen que reconstruir sus vidas. Calles, carreteras y zonas industriales completamente colapsadas que dificultan la vuelta a la rutina esta semana. Muchas personas tienen que regresar a trabajar tras el temporal, aunque vivan en estos puntos afectados por las lluvias torrenciales. En este sentido, el Ministerio de Trabajo, que dirige Yolanda Díaz, ha anunciado que todos los que tengan dificultades para acudir a su puesto de trabajo con seguridad pueden teletrabajar. Por eso, es importante conocer los derechos laborales, y saber a qué te puede obligar tu empresa, y a qué no. Todo está recogido en el Real Decreto 6/2024 del 5 de noviembre, donde se contemplan todas las medidas

Sin embargo, esto no se contempla para los empleados que no tengan los medios para hacerlo. Hay que recordar que en la mayoría de los lugares devastados por la DANA no hay cobertura. Para ello, se han puesto en marcha permisos retibuidos en casos concretos.

Derechos laborales tras la DANA: ¿quién puede teletrabajar?

Tras el paso de la DANA es muy importante que los trabajadores de las zonas afectadas conozcan sus derechos laborales, las medidas que ha tomado el Ministerio de Trabajo, y también lo que dicen los sindicatos. En este sentido, se ha estipulado que todas aquellas personas que no puedan ir a sus puestos de trabajo de forma segura no deben hacerlo, y pueden acogerse al teletrabajo, siempre y cuando tengas los medios para poder desempeñar sus funciones. En caso de no ser posible, tienen derecho a un permiso retribuido. Es más, el Ministerio de Trabajo ha sido muy tajante con este tema: “quienes no estén en condiciones de trabajar no tienen que acudir a sus puestos de trabajo”.

Situaciones que permiten faltar al trabajo tras la DANA

El Ministerio de Trabajo también ha hecho un listado de todas las situaciones en las que los trabajadores no tienen que ir al trabajo si sus zonas han sido afectadas por la DANA: 

  • No tienen que ir al trabajo las personas que para acudir a su puesto pongan en riesgo su seguridad. 
  • Tampoco se puede poner en riesgo la salud de los empleados.  
  • No se puede interferir en las labores de rescate y recuperación de las zonas afectadas. 
  • No tienen que ir al trabajo las personas que estén buscando a familiares desaparecidos o que hayan fallecido. 
  • Tampoco los que hayan perdido sus viviendas y enseres, no estando en condiciones de acudir a sus trabajos. 

Permisos retribuidos para los trabajadores afectados por el temporal

El Gobierno ha destacado que todos los que se encuentren en alguna de las situaciones anteriores pueden ausentarse de sus trabajos y acogerse a permisos retribuidos. Han querido tranquilizar a los trabajadores a través de un comunicado asegurando que “el Ministerio de Trabajo se encargará de que ningún trabajador sufra represalias o se vea perjudicado."

Sin embargo, el sindicato CNT Valencia asegura tener constancia de que muchas personas han tenido que poner en riesgo sus vidas para seguir trabajando a pesar de las condiciones meteorológicas adversas. También afirman que están recibiendo miles de consultas sobre los derechos laborales tras la DANA.

Comisiones Obreras ha reclamado al Gobierno que incorpore todos esos supuestos a una norma que tenga rango de ley para evitar que los trabajadores tengan problemas. Consideran que de no ser así podría tener una “interpretación flexible”, por lo que piden que se legisle.

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