
El Juzgado Social 28 de Barcelona ha reconocido como accidente laboral los trastornos mentales de un moderador de contenidos que trabajaba para una subcontrata de Meta, CCC Barcelona Digital Services. La persona afectada, desempeñaba su función como moderador de contenidos desde septiembre de 2018 en esta empresa, la cual estaba subcontratada por Meta.
La labor del moderador de contenidos implicaba revisar y clasificar el material para evitar que se publicaran contenidos inapropiados en la plataforma. Como miembro del equipo de 'high priority', tenía que examinar contenido altamente sensible, como imágenes relacionadas con terrorismo, suicidios, automutilaciones, decapitaciones de civiles a manos de grupos terroristas y actos de tortura. “Cada escena la tenía que ver el trabajador varias veces, de manera completa, para asegurarse de que la política aplicada a ese contenido gráfico era la adecuada”, añade el juez en la sentencia.
Durante su período en el cargo, sufrió una serie de problemas de salud mental, incluyendo ataques de pánico, conductas de evitación, aislamiento en su hogar, preocupaciones excesivas por su salud, dificultades para tragar, insomnio y un miedo extremo a la muerte. Debido a esta situación solicito la baja por problemas mentales a la Seguridad Social, la cual fue motivo de disputa, ya que debían ser considerados como un accidente laboral o una enfermedad común.
Por ello, el demandante interpuesto un recurso ante el Juzgado Social de Barcelona, según adelantan desde la “La Vanguardia”. Finalmente, el Juzgado Social 28 de Barcelona falló a favor del demandante, destacando que el visionado de las imágenes para limpiar las redes de contenido no adecuado puede provocar situaciones a las que derive una baja, la cual debe ser considerada como incapacidad temporal.

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