El artículo 32 del Estatuto de los Trabajadores garantiza a todos los trabajadores, pero hay trabajadores que un mes cobran menos dinero de lo habitual y no hay ningún aviso, ni carta y ninguna explicación, a lo que se preguntan si esto es normal. El abogado laboralista Juanma Lorente explica ante esta situación qué puede hacer ese trabajador y, sobre todo, cuánto tiempo tiene para actuar antes de que la situación se vuelva irreversible. “Tu jefe no te puede bajar el salario porque sí. No puede. Tiene que haber una razón muy, muy justificada” relata.
El artículo 41 del Estatuto de los Trabajadores establece que la empresa puede modificar el sistema de remuneración y la cuantía salarial, pero solo cuando existan “probadas razones económicas, técnicas, organizativas o de producción”. Es decir, que no basta con la voluntad del empleador, ya que la reducción tiene que estar justificada, documentada y comunicada al trabajador con un preaviso de, como mínimo, 30 días.
Bajar el salario de forma unilateral, sin esas causas y sin ese preaviso, es un incumplimiento del contrato. Y cuando eso ocurre, el trabajador tiene dos opciones y ninguna de las dos implica quedarse callado.
Los 20 días que no pueden pasar
La primera opción es demandar para recuperar el salario anterior. Lorente explica que “tendrás 20 días desde que tu jefe te baja el salario sin explicación para demandar”. Pasado ese tiempo, la situación cambia radicalmente. “Como pasen los 20 días te quedas cobrando menos. No se puede hacer nada”, avisa el abogado.
Ese plazo de 20 días hábiles para impugnar una modificación sustancial de condiciones de trabajo está recogido en la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social. Una vez vencido sin que el trabajador haya actuado, la modificación se considera consentida y recuperar el salario anterior por la vía judicial se vuelve prácticamente inviable. Es, en palabras del propio Lorente, el “punto sin retorno”.
Salir con indemnización y paro
La segunda forma que plantea Lorente es marcharte de la empresa cobrando paro e indemnización. Explica que, si la empresa baja el salario incumpliendo el artículo 41 sin justificación, sin preaviso, sin seguir el procedimiento, el trabajador puede extinguir el contrato por voluntad propia y reclamar una indemnización equivalente a la de un despido improcedente, es decir, 33 días de salario por año trabajado. Además, conserva el derecho a cobrar el paro.
El fundamento está en el artículo 50 del Estatuto de los Trabajadores, que permite al empleado pedir la extinción de su contrato con indemnización cuando el empresario incumple gravemente sus obligaciones. Una rebaja salarial unilateral e injustificada es, para los tribunales, uno de esos incumplimientos graves.
“Por lo que, si un día te encuentras con 200 euros menos en la nómina de lo que cobrabas antes”, relata Lorente, “el escenario cambia. Ya tenías ganas de irte desde hace tiempo. Aprovéchalo, porque es tu oportunidad”.

