La excedencia laboral es un derecho reconocido en el Estatuto de los Trabajadores que permite a las personas empleadas suspender temporalmente su relación de trabajo con la empresa. Dependiendo de la situación del empleado, y para qué vaya a solicitarla, se pueden distinguir tres tipos diferentes: la forzosa, para el cuidado de hijos o familiares o la excedencia voluntaria.
Sobre esta última, la voluntaria, ha querido lanzar un importante aviso el abogado laboral Juan Manuel Lorente, advirtiendo, en referencia a los trabajadores que le siguen, de que “estás equivocado con la excedencia voluntaria”. “Hay mucha gente equivocada que no sabe ciertas cosas importantísimas antes de pedirlas”, comienza avisando en el vídeo.
Lo primero que hay que saber es que, a no ser que en el convenio colectivo se indique lo contrario, la excedencia voluntaria se puede pedir para un mínimo de 4 meses y un máximo de 5 años. Ahora, como recalca este abogado, si se quiere alargar el tiempo de excedencia solicitada, “la empresa te tendrá que dar su consentimiento”.
Así pues, “si la empresa no está de acuerdo en que prorrogues la excedencia, esta tendrá que terminar y te tendrás que reincorporar a la empresa”. Por ello, pide a los empleados que piensen bien cuánto tiempo quieren estar de excedencia, “porque puede ser que llegado el momento no puedas prorrogarla y debas tomar una decisión sobre si reincorporarte o no”.
“No tienes una reserva del puesto de trabajo”
El segundo punto que hay que tener en cuenta, según Juan Manuel Lorente, es que con la excedencia voluntaria no se tiene reserva del puesto de trabajo, motivo por el que considera que este tipo es “una baja voluntaria de marca blanca”.
“Si antes de terminar la excedencia le mandas un mensaje a la empresa para decirle que te quieres reincorporar, es posible que la empresa te diga que no. Debido a que no tienes una reserva del puesto de trabajo si no lo pone en tu convenio. Lo que tienes es un derecho preferente de ocupar una vacante en tu puesto o en uno similar”, explica este abogado en profundidad.
De ese modo, si cuando el trabajador pide volver no hay ninguna vacante disponible, la empresa puede decirle que no, quedando en “una situación de espera”. El motivo, recalca Lorente, es “que tienes preferencia para ocupar una vacante, pero es posible que esa vacante no salga en el tiempo que tú tienes en la cabeza”.

