La Fundación de Estudios de Economía Aplicada (FEDEA) contradice al Ministerio de Trabajo, al decir que la reforma del despido improcedente que se exige a España desde Europa, no es de obligatorio cumplimiento. Responde así, en la misma línea que la CEOE, tras el fallo del Comité Europeo de Derechos Sociales (CEDS) que pide al Gobierno eliminar el tope máximo de 24 de mensualidades que actualmente se aplica en el país.
Fedea afirma en un informe que “no es por el momento jurisprudencia vinculante para los jueces españoles, que deberán seguir aplicando la indemnización tasada vigente en despidos improcedentes, y no es de obligado cumplimiento para el Estado. Por su parte, tanto la ministra Yolanda Díaz como el secretario de Estado de Trabajo, Joaquín Pérez, han dejado claro que “no hay ninguna duda” de que las resoluciones de este Comité no son recomendaciones, “son obligaciones”.
Por qué Fedea dice que no es obligatorio
El informe de Fedea considera que al no ser vinculante la condena del CEDS sobre el despido improcedente en España, no es de obligado cumplimiento, pero sí puede servir de base para una recomendación del Consejo de Europa a España, para que se reforme la norma. Sin embargo, y aunque esto pase, tampoco existe el deber de hacerlo. Jesús Lahera, autor del análisis, plantea una doctrina contraria al CEDS hacia los sistemas de indemnización tasada y topada en despidos improcedentes generalizados en los Estados del Consejos de Europa, según publica Europa Press.
Por lo tanto, aplicar en España la decisión del Comité depende del Tribunal Supremo y del Gobierno. En primer caso, por la posibilidad de dar autorización a los jueces a que establezcan indemnizaciones adicionales en casos de despidos, y en el segundo, para que impulse una reforma siguiendo los criterios del CEDS.
Otras opiniones sobre la condena por indemnización por despido
En primer lugar, y como es lógico los sindicatos son los primeros que exigen que se cumpla con la condena del CEDS. Especialmente la UGT que ha presentado la demanda por este tema en marzo de 2022 y sostiene que España debe “ser respetuoso” con la resolución y que la indemnización debe cumplir con dos requisitos: que sea disuasoria y que el empresario que no cumple no pueda saltarse la ley.
Por otra parte, especialistas como el Magistrado-Juez de lo Social, Carlos Galán, consideran que “dado que España ratificó tanto la Carta Social Europea revisada como el Protocolo adicional de reclamaciones colectivas, está obligada a cumplir las resoluciones del Comité como máximo intérprete de la Carta”, afirmó el jurista en una entrevista a NoticiasTrabajo.
La reforma “acabará con los despidos por capricho”
Desde el Ministerio de Trabajo afirman que tienen la obligación de impulsar una reforma a la indemnización por despido. El secretario de Estado de Trabajo, Joaquín Peréz Rey señaló que “establecer garantías para las personas trabajadoras frente al despido, dando cumplimiento a la Carta Social Europea y reforzado la causalidad en los supuestos de extinción de la relación laboral”, han sido parte del acuerdo entre PSOE y Sumar para formar Gobierno.
“No se puede consentir que haya empresas despidiendo por capricho o por oportunidad o porque le cogen manía a alguien o porque no se atiende una llamada después del trabajo”.
En la misma línea, la ministra Yolanda Díaz, dijo en su red social X, que “llevamos tiempo diciéndolo. Vamos a cumplir los tratados internacionales y aquello que está estipulado en el acuerdo de Gobierno. Reformaremos el despido para adecuarlo a la legalidad internacional”.
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