
La Comisión Europa ha abierto un nuevo expediente a España por el abuso de los interinos en las administraciones públicas, después del procedimiento iniciado en julio. En esta ocasión, el organismo europeo critica que nuestro país no dispone de medidas que impidan el encadenamiento de contratos en la Administración pública. Además, alerta que estos trabajadores reciben la misma indemnización con independencia de que hayan sido empleados con sucesivos contratos temporales durante 20 o 30 años.
Ante esta situación, el Gobierno tiene un plazo de dos meses para responder a la carta emitida desde Bruselas con las medidas para subsanar las deficiencias detectadas. Si la respuesta no satisface a la Comisión, tendrán entonces que remitir un dictamen razonado y, si este tampoco lo consideran válido, la causa llegaría al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE). Un organismo que, por cierto, como se desgranará más adelante, tiene ya que responder a una cuestión prejudicial presentada por el Tribunal Supremo sobre esto.
Volviendo al expediente, según fuentes del Ministerio de Función Pública consultadas por El Mundo, el Ejecutivo va a remitir a las autoridades europeas una serie de “alegaciones convincentes” en las próximas semanas. Desde esta cartera también han asegurado al citado medio que la recepción de esta carta se sitúa “en el marco de un diálogo continuo y constructivo entre el Gobierno y la Comisión Europea” y, que si ofrecen “alegaciones convivientes”, se cerraría el expediente “que lleva 10 años abierto”.
España ya está en el punto de mira del TJUE por el abuso de los interinos
Como se adelantaba, España ya ha sido reprendida por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea por el abuso de los interinos. Tanto en febrero como en junio de este año, este organismo declaró que no se ha actuado correctamente para disuadir a las Administraciones Públicas del abuso de la contratación temporal. Un hecho que va en contra del Acuerdo Marco europeo sobre el trabajo de duración determinada.
En concreto, la justicia europea ha venido insistiendo este año en que España carece de “medidas adecuadas” para prevenir y sancionar adecuadamente la utilización sucesiva de contratos temporales y del contrato indefinido no fijo, prorrogados continuamente. Un problema para el que planteó que “la conversión de esos contratos temporales en contratos fijos” podría ser una solución.
Asimismo, el TJUE dejó claro en ambos fallos que el sistema actual no repara adecuadamente ni proporcionalmente el daño provocado por la temporalidad abusiva en la Administración. Actualmente, como medida “reparadora”, la justicia está sancionando a las administraciones con el mantenimiento del trabajador afectado en su puesto hasta la convocatoria y resolución de procesos selectivos, así como con el abono de una compensación económica con el doble del límite máximo en caso de no superar dichos procesos.
Pero el tribunal europeo especificó claramente que esto “no permite ni la reparación proporcionada y efectiva en las situaciones de abuso que superen una determinada duración en años, ni la reparación adecuada e íntegra de los daños derivados de dichos abusos”. A lo que añadió que “ni la convocatoria de procesos selectivos ni la compensación resultan adecuadas para prevenir o sancionar los abusos, pues son independientes de cualquier consideración relativa al carácter abusivo de la utilización de contratos o relaciones laborales de duración determinada”.
Ante esta situación, concluyó que “a falta de medidas adecuadas en el Derecho nacional para prevenir y, en su caso, sancionar los abusos, la conversión de los sucesivos contratos o relaciones de empleo de duración determinada en contratos o relaciones de empleo por tiempo indefinido puede constituir una de esas medidas”.
No obstante, en esta misma sentencia el TJUE señaló que corresponde a los tribunales españoles determinar si se debe modificar la jurisprudencia nacional consolidada y si esta es compatible o no con los objetivos del citado Acuerdo Marco. Por ello, el Tribunal Supremo elevó en junio una cuestión prejudicial para que el tribunal europeo le aclare si la normativa española se ajusta al Derecho Europeo, de la que todavía no han recibido respuesta. De esta podría depender que el fallo se interprete de una forma y otra y, en consecuencia, la conversión en fijos de miles de interinos.

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