Si tu apellido termina en -ez, el Gobierno tiene un importante mensaje para ti

El Gobierno, a través del Ministerio de Trabajo, lanza un mensaje a los trabajadores cuyo “apellido termina en -ez” por el plan especial de prevención de riesgos laborales por el calor.

Trabajador de la construcción
El misterioso mensaje que el Gobierno lanza a través de las redes sociales a estos trabajadores. Archivo
Isabel Gómez

Desde el Ministerio de Trabajo y Economía Social, liderado por Yolanda Díaz, se suman a las tendencias de las redes sociales a través de su perfil en Instagram y lanzan un misterioso mensaje desde el Gobierno: “Si tu apellido termina en -es, seguro que agradece esta información”. Pero, ¿de qué se trata? ¿De qué quiere comunicar este verano?

Consiste en una campaña especial en la que el ministerio ha querido hacer hincapié a las puertas el verano, sobre todo por el Plan de Prevención de Riesgos Laborales por el calor. 

“¿Lo sabías? En 2023 se aprobó un Real Decreto-ley 4/2023 que establecía nuevas obligaciones de las empresas para mejorar la protección de sus trabajadores”, explican en la caja de descripción. A esto añaden que “se reducirá o modificará la jornada laboral en los casos en los que se emita un aviso de fenómenos adversos de nivel rojo o naranja”.

El mensaje concluye con un “Compártelo con tus compañeros y compañeras de trabajo”. Así, desde el ministerio se suman a esas famosas cadenas de redes sociales para informar a un mayor número de personas.

Medidas de Trabajo para evitar los riesgos laborales con el calor

En caso de trabajar en interior, la normativa establece que en los locales de trabajo cerrados tendrá que cumplirse estas condiciones:

  • La temperatura de los locales donde se realicen trabajos sedentarios debe estar comprendida entre los 17 y 27 °C.
  • La temperatura de los locales donde se realicen trabajos ligeros debe estar comprendida entre los 14 y 25 °C.
  • La humedad relativa estará comprendida entre el 30 y el 70%, excepto donde existan riesgos por electricidad estática en los que el límite inferior es del 50%.

Sí trabajan al aire libre, se incluye  “la prohibición de desarrollar determinadas tareas durante las horas del día en las que concurran fenómenos meteorológicos adversos, en aquellos casos en que no pueda garantizarse de otro modo la debida protección de la persona trabajadora”.

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