El Tribunal Superior de Justicia de Galicia ha dado la razón a una mujer profesora de Educación Infantil que padece pérdida de visión, fibromialgia y depresión crónica a cobrar la incapacidad permanente total después de que la Seguridad Social se la denegara inicialmente. El tribunal considera que dichas dolencias, las cuales tenía desde hace más de 10 años eran más que suficientes para estar incapacitada para desempeñar su trabajo con menores en un centro de educación especial.
Según explica la sentencia, esta mujer que era técnico de educación infantil en un centro de educación especial empezó a sufrir una pérdida progresiva de la visión a lo que se sumaban fuertes dolores debido a una fibromialgia, lo que derivó que sumar a un trastorno depresivo, que llevaba con el más de 10 años. Debido a este empeoramiento de su estado físico y emocional decidió solicitar la incapacidad permanente a la Seguridad Social, pero siendo la misma denegada.
En este sentido, el Equipo de Valoración de Incapacidades (EVI) explicó que las lesiones que padecía “no eran susceptibles de determinación objetiva o previsiblemente definitivas”, y que la trabajadora debía continuar bajo tratamiento médico. En otras palabras, la Seguridad Social entendía que sus dolencias aún podían mejorar y no alcanzaban el grado necesario para ser consideradas permanentes.
Ante esta negativa y sumado a las reclamaciones desestimadas por parte de la Seguridad Social, la trabajadora decidió llevar su situación a los tribunales. Así, en una primera instancia, el Juzgado de lo Social número 3 de Pontevedra le dio la razón y declaró que debía reconocerse la incapacidad permanente total para su profesión habitual. La Seguridad Social recurrió esta decisión, pero igualmente el Tribunal Superior de Justicia de Galicia volvió a dar la razón a esta maestra y su derecho a cobrar la incapacidad permanente.
Incapacidad para las tareas fundamentales de su profesión
La Seguridad Social sostenía que la mujer aún podía realizar su trabajo porque “no se habían agotado las posibilidades terapéuticas” y llevaba poco tiempo de baja médica. Aun así, el propio tribunal explicó que la actora ya arrastraba un trastorno depresivo crónico desde 2013, el cual estaba vinculado al dolor y a la pérdida de visión, que le impedía desarrollar su labor “con rendimiento y eficacia” en un puesto que exige gran responsabilidad, atención constante y jornadas nocturnas.
Tal y como explica la propia sentencia, la dolencia psíquica “la incapacita permanentemente para el desarrollo de su profesión, máxime cuando ésta se desempeña en un centro de educación especial con menores, lo que somete a la actora a una gran responsabilidad y tensión”.
Imposibilidad de realizar su profesión habitual
Para entender esta sentencia debemos de saber, que en este caso, el tribunal no se centró solo en las enfermedades diagnosticadas, sino en cómo estas afectan realmente a la capacidad laboral de la trabajadora. Se determinó que la combinación de la fibromialgia, los problemas de visión y el deterioro emocional hacen inviable que pueda continuar desempeñando su profesión con la continuidad y eficacia exigibles.
Por ello, el TSJ confirmó que tenía derecho a la incapacidad permanente total derivada de enfermedad común, lo que implica que no podrá seguir ejerciendo como maestra de infantil, pero si otra profesión siempre que sea compatible con sus dolencias. En cuanto a la cuantía, será el 55% de la base reguladora de fijada en 1.243,97 euros mensuales.

