El euríbor subió por tercera vez consecutiva el pasado mes de febrero, situándose en el 3,53% y encareciendo las hipotecas, de media, un 50%, según señalaba el INE. Este aumento del indicador principal de referencia de las casi cuatro millones de hipotecas variables que se contabilizan en España, que ha pasado en un año desde el -0,335% hasta el 3,53, ha provocado que una hipoteca de 150.000 euros a 25 años, con un diferencial de un punto sobre el euríbor y la comprobación anual fijada para marzo de 2022, se encarezca 3.559 euros al año (297 euros mensuales más).
Ese es la cantidad que tendrán que pagar de más aquellos cuya revisión de la hipoteca (cada tres, seis, nueve o doce meses) se produce este mes. Algo de lo que no tienen que preocuparse los hipotecados a tipo fijo, que saben de antemano lo que van a pagar mensualmente.
Al tratarse el gasto hipotecario de uno estructural, de aquellos de los que no se puede prescindir, el Gobierno de España y los bancos establecieron un acuerdo para ayudar a aquellos hogares que evidenciaran tener dificultades para asumir el pago de las cuotas hipotecarias: la actualización del ‘Código de Buenas Prácticas Bancarias’.
Deudores hipotecarios y el Código de Buenas Prácticas
Esta reforma de las hipotecas se conforma con “una serie de medidas de protección dirigidas a deudores hipotecarios, y avalistas, que tienen como finalidad apaciguar la situación económica de aquellas familias con dificultades para pagar la cuota de su hipoteca”, explica el texto, que señala sus tres principales mecanismos de actuación: reestructurar la hipoteca para los hogares vulnerables, facilitar la amortización anticipada de la hipoteca y el cambio de una hipoteca variable a una de tipo fijo.
Las personas que cumplan con los requisitos, pueden solicitar que se apliquen estos beneficios a su banco. Hay que recordar que la adhesión al siguiente plan es voluntaria, por lo que son las entidades bancarias las que deciden si se adhieren o no. Una vez presentada la solicitud, la entidad financiera o bancaria debe aplicar al cliente las medidas que se recogen en el código, explica el Banco de España. No se podrá presentar si el interesado está “en un procedimiento de ejecución de la hipoteca y está anunciada la subasta de la vivienda”. Estos son los requisitos a cumplir.
Cómo aprovecharse de las ayudas a la hipoteca: interés de demora
Se podrá solicitar que el interés de demora no supere el 2% sobre el capital pendiente, incluso si la escritura lo contempla por encima de ese porcentaje. El banco tendrá un mes de plazo para elaborar el plan de reestructuración de deuda, acerca de las modificaciones de las condiciones del préstamo hipotecario que permitan afrontar las cuotas.
“Las modificaciones que te aplicará el banco a tu hipoteca tienen que ser, al menos, una carencia de capital durante cinco años, un tipo de interés de euríbor más 0,25 durante el tiempo de carencia y una ampliación del plazo de la hipoteca a 40 años”, explica el Banco de España. Si esa cuota mensual es mayor al 50% de los ingresos de la unidad familiar, el plan de reestructuración será inviable.
“Si el plan de reestructuración es inviable, y la entidad no aplica la quita, te queda el derecho a la dación en pago, que el banco cancele totalmente la deuda a cambio de quedarse con la vivienda. Si lo solicitas, tendrás derecho de alquiler sobre la vivienda durante dos años por una renta anual de hasta el 3% de la deuda pendiente”, continúa añadiendo el BdE.
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