Los trabajadores que ganen menos de 1.350 euros podrán cobrar el paro y su sueldo al mismo tiempo

El SEPE tiene el ‘sí’ del gobierno para permitir que se compatibilice el paro con un empleo si los trabajadores ganan menos de 1.350 euros, entre otros requisitos.

Mujer frente a una oficina del SEPE
El SEPE permitirá cobrar el paro y compatibilizarlo con un trabajo cuando el salario sea menor a 1.350 euros Europa Press
Isabel Gómez

Uno de los mayores avances que tiene el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) entre manos es la posibilidad de compatibilizar la prestación contributiva por desempleo (el paro). Esto supone un avance incluido en el Real Decreto 2/2024 y que hasta el momento era imposible imaginar. Así, los trabajadores que ganen menos de 1.350 euros pueden cobrar el paro y su sueldo al mismo tiempo; aunque deben cumplirse unos requisitos.

Esta prestación contributiva podrá compatibilizarse, tanto a jornada completa como parcial. A pesar de que la mayoría de medidas entran en vigor a partir del 1 de noviembre, para esta habrá que esperar a 2025 como indica la citada ley.

Como apuntan desde el Ministerio de Trabajo y Economía Social, bajo las órdenes de Yolanda Díaz, una vez que se haya cumplido el cobro de un año de paro, este podrá compatibilizarse con un trabajo si el sueldo no supera los 1.350 euros por un tiempo total de 180 días (seis meses). La norma recoge que las rentas de trabajo no pueden superar el 225% del IPREM actual.

Requisitos para cobrar el paro del SEPE y un salario

Existen dos requisitos fundamentales para cobrar el paro junto al sueldo. Según los detalles conocidos, la compatibilidad solo será posible cuando el salario no supere los 18.900 euros anuales. El segundo es que se lleve cobrando la prestación con un mínimo de un año.

Hay que tener en cuenta que el cobro de esta ayuda mientras se trabaja tiene la consideración de complemento de apoyo al empleo. Este incentivo irá decreciendo conforme pase el tiempo, según el tipo de jornada laboral de cada persona.

Al comienzo, la cuantía es del 80% del IPREM (480 euros al mes) en los casos de trabajo a jornada completa. Sin embargo, esto puede rebajarse al 60% y al 50% si la jornada laboral es menor.

Es más, según la disposición adicional tercera recogida en la norma, hay firmado un convenio de colaboración por el SEPE y el Organismo de Inspección de Trabajo y Seguridad Social. Esto significa que el cobro de este complemento será vigilado por “actuaciones inspectoras para el control del fraude”.

Además, a partir de 2026, “se implantará el servicio que permita la aplicación del límite de 375% del IPREM”.

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