Tras la firma del acuerdo entre sindicatos y Yolanda Díaz para dar luz verde a la reforma de los subsidios, son muchos los desempleados que necesitan saber si cambia algo a partir de junio en el subsidio para mayores de 52 años. A pesar de que aún no ha sido aprobado en Consejo de Ministros, el borrador sí que da ideas de cuáles serán esas modificaciones.
Según el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), los mayores de 52 años tienen derecho a un subsidio por desempleo en caso de haber agotado la prestación contributiva por desempleo (el paro). Para acceder a este subsidio, es necesario estar inscrito como demandante de empleo, comprometerse a buscar activamente trabajo y suscribir un compromiso de actividad.
Actualmente, la cuantía de esta prestación es del 80% del IPREM, lo que equivale a unos 480 euros mensuales. La duración del subsidio es hasta que se alcance la edad requerida para recibir la pensión contributiva de la Seguridad Social. Además, cabe destacar que esta ayuda cotiza un 125% del tope mínimo de cotización.
A pesar de no haber una fecha oficial en la que entre en vigor ese nuevo real decreto-ley (el anterior fue derogado), se estima que, tal y como estaba estipulado, a partir del próximo 1 de junio entrarán en vigor una serie de cambios. ¿Qué ocurrirá con la tan criticada disposición transitoria tercera del Real Decreto-ley 7/2023, de 19 de diciembre? Ahí se incluía un descenso progresivo de las cotizaciones para la jubilación.
¿Cambia algo en el subsidio para mayores de 52 años tras la reforma?
Tal y como muestran los puntos del acuerdo firmado, no cambia nada relevante con respecto al subsidio para mayores de 52 años una vez se aprueba la reforma de los subsidios para mayores de 52 años. Ni la cuantía, ni la duración, ni los requisitos de acceso a la ayuda asistencial. La única cosa es que desaparece el mes de espera desde que se agota el paro hasta que se puede solicitar el subsidio.
A pesar de que en el resto de nuevos subsidios se amplía la cuantía durante el primer año, la Mesa de Diálogo Social ha determinado que el importe del subsidio para desempleados con 52 años o más siga siendo de 480 euros al mes durante todo el tiempo de disfrute.
Al igual ocurre con una de sus mejores ventajas: la cotización para la pensión de jubilación. Lejos de producirse un descenso cada año, se ha decidido mantenerla en el 125% de la base mínima de cotización vigente en cada momento. Es decir, que si la base mínima en 2024 es de 1.323 euros al mes, estos desempleados cotizarán 1.653,75 euros.
Tampoco cambia su duración. Los beneficiarios podrán percibirlo mientras cumplan todos los requisitos hasta que encuentren un nuevo empleo o hasta alcanzar la edad de jubilación.
Cabe mencionar que aún falta su tramitación parlamentaria, es decir, que se apruebe en Consejo de Ministros y entre en vigor. Por lo que puede haber alguna modificación o un cierre de flecos sueltos hasta ese momento y que pueden afectar a esa ayuda asistencial sin previo aviso.
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