Muchas personas desempleadas con 52 años o más tienen auténticas dificultades para reincorporarse al mercado laboral una vez que han sido despedidos y han agotado la prestación contributiva por desempleo (el paro). Para asegurarles una mínima cobertura económica, el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) les permite cobrar un subsidio por desempleo hasta alcanzar la edad de jubilación. De ahí surge la pregunta sobre: ¿Cuál es el requisito especial para cobrar el subsidio para mayores de 52 años?
El SEPE ha confirmado que sí, como se verá más adelante, hay un único requisito especial que diferencia a esta ayuda asistencial frente al resto de subsidios por desempleo de dicho organismo. El motivo no es otro que la cotización de este para la pensión de jubilación. Generalmente, son ayudas no contributivas de 480 euros mensuales, aunque el destinado para personas con 52 años o más sí que cotiza en el Régimen General por el 125% de la base mínima en casa mensualidad, o lo que es lo mismo, por 1.458,37 euros al mes.
Como puede comprobarse, no es especial en cuantía, pero sí en requisitos y también en duración. La prórroga no será cada seis meses, como es habitual, sino de año en año cuando la persona entregue al SEPE una Declaración Anual de Rentas. Al mismo tiempo, no hay un límite de meses de cobro. El tiempo máximo se alcanza al momento de encontrar un nuevo empleo o cuando se llegue a la edad de jubilación.
El único requisito especial para cobrar el subsidio para mayores de 52 años
Las personas con 52 años o más tienen que demostrar el SEPE un requisito especial para cobrar el subsidio por desempleo. Como es el único que cotiza para la jubilación, consiste en demostrar un periodo de cotización mínimo de 15 años para esa pensión, dos de lo cuales deben estar cotizados en los 15 años anteriores a la solicitud de la ayuda.
Al mismo tiempo, la administración también le exigirá al desempleado que haya cotizado durante un mínimo de seis años para tener derecho a la prestación contributiva por desempleo.
No serán las únicas exigencias. Otra muy importante tiene que ver con no superar unas rentas mensuales del 75% del Salario Mínimo Interprofesional (810 euros) en cada mensualidad y permanecer como demandante de empleo durante todo el tiempo que se disfrute de la ayuda.
Como el objetivo es el de la reincorporación al mercado laboral lo antes posible, otra obligación es la de suscribir el compromiso de actividad y no rechazar ningún curso o formación ni oferta de empleo al ser llamados por los funcionarios del SEPE. Solo así puede demostrarse que se está en Búsqueda Activa de Empleo (BAE).
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