Cuando una persona fallece se procede el reparto de su patrimonio a sus herederos, independientemente de si hay o no testamento. Puede ocurrir que los beneficiarios de la misma decidan renunciar a ella, ya sea porque tiene deudas o porque no les interesa por algún motivo, ¿qué pasa con la herencia en este caso?, ¿quién se la queda?
Según aclaran desde el Consejo General de Notariado, hay diversos supuestos que pueden darse en el caso de rechazar una herencia. Habrá que tener en cuenta factores como si hay o no testamento, si hay solo un heredero o hay varios, o si en el caso de haber más de uno, renuncian todos o solo alguno.
Las herencias y testamentos están reguladas en el Código Civil (CC), concretamente en el Título III en el que se determinan las normas a aplicar en las sucesiones.
Qué pasa con la herencia si los herederos renuncia a ella
Si existe testamento, la ley prevé una cláusula de sustitución en el caso de que algún heredero renuncie a ella, concretamente en el artículo 774 del CC:
“Puede el testador sustituir una o más personas al heredero o herederos instituidos para el caso en que mueran antes que él, o no quieran, o no puedan aceptar la herencia.”
De este modo, al realizar el testamento, la persona puede elegir quién se quedará con la parte de un heredero si decide renunciar a ella.
Cuando esta cláusula no exista, la parte de la herencia que corresponde a la persona que la ha rechazado, se reparte entre los herederos que sí han aceptado. Los hijos de la persona que renuncia no tendrían derecho a heredar esa parte, tal y como explican desde Abogados y Herencias.
Una vez aclarado esto, surge la duda, de qué pasaría en el caso de que todos herederos renuncien a la misma. Cuando se da esta situación se sigue la línea de sucesión que la ley tiene prevista para las herencias sin testamento, que es la siguiente, según lo establecido en el artículo 807 del Código Civil:
- Los hijos y descendientes respecto de sus padres y ascendientes.
- A falta de los anteriores, los padres y ascendientes respecto de sus hijos y descendientes.
- El viudo o viuda
Si en lugar de viudo o viuda el fallecido tenía pareja de hecho, estos no aparecen en la línea sucesoria, y, por tanto, no tienen derecho a heredar, salvo en algunos casos.
Si todos los herederos y sucesores renuncian al patrimonio del fallecido, este correspondería al Estado, Comunidad Autónoma o Diputación Foral, según corresponda.
Que pasa la herencia tiene deudas y se la queda el Estado
En el caso de que ninguno de los herederos acepte la herencia y esta tenga deudas, el Código Civil establece que el Estado tiene los mismos derechos y obligaciones que los herederos, pero que la herencia se entenderá siempre aceptada a beneficio de inventario. Esto significa que las deudas se irán saldando con el resto de los bienes heredados
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