Las herencias pueden generar en ocasiones problemas y disputas entre los herederos, incluso en el caso de que haya pasado tiempo tras el reparto. Así puede ocurrir en el caso de los usufructos de las viviendas en el que una persona tiene el derecho al uso y disfrute de una vivienda de la que no es titular. ¿Qué pasa si el propietario alquila la vivienda sin permiso del usufructuario?
Hay que señalar que aunque las sucesiones es una de las formas más comunes de que los derechos sobre una vivienda se dividan entre nuda propiedad y usufructo, pero no es la única, ya que cada vez se da más el caso de que una persona venda la nuda propiedad de su vivienda quedándose con el usufructo hasta su fallecimiento, por esto lo primero es tener claro en que consiste cada uno.
En el caso de la vivienda, el usufructo sería el derecho de uso y disfrute de la misma, es decir, a residir en ella, pudiendo incluso, según explican desde Sierra Abogados, alquilarla o vender el usufructo a un tercero. Por otra parte, la nuda propiedad no tiene derecho al uso y disfrute de la vivienda hasta el momento en el que el usufructo se extinga.
Qué pasa si mi hijo alquila la vivienda heredada de la que tengo el usufructo
En el caso de que sean padres e hijos los titulares de los derechos, no supone ninguna diferencia respecto a que no sean familiares, de modo que si el hijo hace uso de la vivienda cuyo usufructuario es alguno de sus padres, lo estaría haciendo bajo precario, según explica Sonsoles Martínez González, abogada de Lean Abogados en el consultorio inmobiliario de El Confidencial.
El precario en este caso sería hacer uso de la vivienda al que no tiene derecho, puesto que es de su padre, y si la ha alquilado sin autorización de su progenitor, el nuevo inquilino estaría residiendo en ella bajo un contrato que no tendría validez.
El padre podría llevar a cabo una serie de acciones para recuperar su vivienda, que pasarían desde hacerlo por la vía amistosa, comunicando la situación al ‘inquilino’ sobre la ilegalidad de su contrato, y si se niega a abandonar la vivienda porque tiene un contrato firmado, habría que acudir a la vía legal.
En este caso el padre debería iniciar un proceso de desahucio por precario, que tal y como informa la especialista de Lean Abogados la jurisprudencia del Tribunal Supremo “en el precario se reconoce legitimación activa a quien tiene derecho a poseer una cosa, pero que es poseída materialmente por otra persona.”
Pese a tener el nuevo inquilino un contrato de alquiler, este sería considerado ineficaz, puesto que es el hijo el que aparece como arrendador, y lo ha hecho sin permiso del padre por lo que no tiene derecho a llevar a cabo dicho contrato.
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