¿Puedo cobrar una pensión con tan solo 7 años cotizados?

Las personas con pocas cotizaciones podrán acceder a la pensión no contributiva por jubilación. Estos son los requisitos y cuantías.

pensionista con dinero en la mano
Cuánto corresponde de pensión si solo se cotiza 7 años a la Seguridad Social
Francisco Miralles

En España, son muchas las personas que cuentan con pocas cotizaciones a la Seguridad Social y les interesa saber si tienen derecho o no, a una pensión de jubilación. Para acceder a una pensión contributiva de jubilación se exige contar con un periodo mínimo de cotización de 15 años. En el caso de no alcanzar este mínimo, existe la posibilidad de acceder a una pensión no contributiva de jubilación, siempre que se reúnan ciertos requisitos.

La pensión no contributiva por jubilación es una prestación económica que perciben las personas jubiladas, que o no han cotizado nunca al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), o no han alcanzado el mínimo de años requeridos para percibir una pensión contributiva. Su objetivo es garantizar unos ingresos mínimos a estos pensionistas, así como proporcionarles asistencia médica y farmacéutica gratuita.

Están reguladas en el Real Decreto 357/1991, el cual fue publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Son gestionadas por el Instituto de Mayores y Servicios Sociales (Imserso). Para acceder a ellas es necesario cumplir con una serie de condiciones exigidas por la Seguridad Social y el Imserso.

Requisitos para acceder a la pensión no contributiva por jubilación

Para acceder a la prestación no contributiva por jubilación, se exige tener la edad de 65 añosresidir en territorio español y haberlo hecho durante un periodo de 10 años y carecer de ingresos económicos suficientes. Es decir, la persona solicitante no debe superar un umbral de ingresos que fija cada año los Presupuestos Generales del Estado (PGE).

En 2023, si la persona vive sola la carencia de rentas o ingresos de que se dispongan, en cómputo anual no podrá ser superior a los 6.784,54 euros anuales. En el caso, de convivir con familiares, se cumplirá con este requisito cuando sumando la rentas o los ingresos anuales de todos los miembros de la unidad de conviviendo no superen las siguientes cantidades:

En el caso de convivir solo con su cónyuge y/o parientes consanguíneos de segundo grado (hermano-hermana o nieto-nieta):

  • Si el número de convivientes son dos, no se puede superar los 11.533,72 euros al año.
  • Si el número de convivientes son tres, no se puede superar los 16.282,90 euros al año.
  • Si el número de convivientes son cuatro, no se puede superar los 21.032,08 euros al año.

Si entre los parientes consanguíneos con los que convive se encuentra alguno de primer grado (padres y madres o hijos e hijas):

  • Si el número de convivientes son dos, no se puede superar los 28.834,30 euros al año.
  • Si el número de convivientes son tres, no se puede superar los 40.707,25 euros al año.
  • Si el número de convivientes son cuatro, no se puede superar los 52.580,20 euros al año.

Cuantías

La cuantía de la pensión no contributiva por jubilación oscilará entre los 1.696,14 euros anuales y los 6.784,54 euros anuales, que repartidos en catorce pagas son entre los 121,15 euros (mínima del 25 %) y los 484,61 euros al mes (Íntegra).

¿De qué depende la cuantía en la pensión no contributiva? De las rentas personales del solicitante y de la unidad económica de convivencia. En otras palabras, dependiendo de los recursos económicos anuales, la cuantía puede ser mayor o inferior. En este simulador de la Junta de Andalucía se puede saber que cuantía se cobrará en función de los ingresos.

Sobre este aspecto, cabe recalcar que todos los beneficiarios de la una PNC deben presentar una declaración de rentas dentro del primer trimestre del año, para garantizar que ese cumple con el límite de ingresos, tal y como regula el Real Decreto 357/1991.

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