¿Me pueden embargar la nómina y la cuenta bancaria al mismo tiempo si tengo deudas?

Es posible que te embarguen la nómina y la cuenta bancaria al mismo tiempo, pero depende del número de acreedores a los que se deba dinero.

Billetes de 50 y 20 euros junto a una calculadora
¿Me pueden embargar la nómina y la cuenta bancaria al mismo tiempo si tengo deudas? Envato
María Jose Martínez

Cuando tienes deudas, te pueden embargar tanto la nómina como la cuenta del banco, ya sea por la Administración Pública o por una decisión judicial. Pero, si estás dudando sobre si te pueden embargar la nómina y la cuenta bancaria al mismo tiempo, la respuesta es que sí pueden. Aun así, como en todo, hay algunos matices, ya que depende del número de acreedores a los que se les deba dinero.

Cuando se ejecuta una orden del embargo de tu nómina, te quitan una parte de tu salario. Sin embargo, no pueden quitarte por debajo del Salario Mínimo Interprofesional de España (SMI). Pero, si tu salario es superior, te quitarán el restante hasta llegar a él. Es decir, que cuanto mayor sea tu sueldo, más te pueden confiscar.

¿Pueden embargarme la nómina y la cuenta bancaria a la vez?

Aunque tu nómina esté en situación de embargo por haber acumulado muchas deudas, te pueden incautar la cuenta bancaria simultáneamente. Esto pasa porque el salario no se puede embargar por las deudas que han sido contraídas con dos acreedores diferentes, sino solamente por uno.

De esta manera, si debes dinero a más de un acreedor, uno puede embargarte la nómina y otro la cuenta bancaria. Actualmente, no hay ninguna ley que impida hacerlo, siempre y cuando el dinero no proceda del sueldo que has cobrado ese mes y que se respete el SMI.

Cuando el embargo proviene de una pensión de alimentos, es el juez el que decide la cantidad que se va a embargar.

¿Me puede embargar la nómina y la cuenta bancaria el mismo acreedor?

Sabemos que pueden embargarnos la nómina y la cuenta bancaria dos acreedores diferentes. Pero ¿puede hacerlo solamente uno? Sí puede, pero debe cumplir una serie de condiciones.

Primero hay que partir de la base de que la nómina no se puede incautar por debajo del SMI, por lo que desde ese importe se aplican una serie de porcentajes en función de la cantidad recibida:

  • Hasta el doble del SMI, por un 30%.
  • Hasta el triple del SMI, por un 50%.
  • Hasta cuatro veces el SMI, un 75%.
  • Todas las cuantías superiores a 5 veces el SMI por un 90%.

La cantidad que no se te ha podido embargar de la nómina, correspondiente al Salario Mínimo Interprofesional, se ingresará en tu cuenta bancaria y no se podrá quitar para cubrir otras deudas. Sin embargo, si tienes otros ingresos cuyo concepto no sea “nómina”, sí que los pueden usar para compensar el dinero que debes.

Además, es importante saber que si no usas el mismo mes que lo cobras tu sueldo, te lo puede quitar tanto el primer acreedor como el segundo. Todo dinero que acumules en tu cuenta puede ser embargado.

¿Cómo puedo evitar un embargo? Ley de la Segunda Oportunidad

Si quieres evitar un embargo, ya sea de tu salario o cuenta bancaria, lo más fácil es que saldes todas tus deudas. Pero, a veces no se disponen de los fondos suficientes para hacerlo. En estos casos puede negociarse para establecer un plan de pago adaptado a tu economía.

También se puede recurrir a la Ley de la Segunda Oportunidad que permite cancelar parcial o totalmente la deuda para personas que se declaren insolventes. Es importante destacar que cuando se presenta la solicitud, automáticamente se prohíben nuevos embargos y se suspenden los que estén activos. El objetivo es dar un respiro financiero a la persona que ha contraído deudas que no puede pagar.

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