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Víctor Arpa, abogado laboralista: “no se pueden cobrar dos pensiones de incapacidad del mismo régimen, salvo que provengan de regímenes distintos”

El experto en incapacidad permanente aclara en un video las excepciones que contempla la Ley General de la Seguridad Social.

Víctor Arpa, abogado laboralista
Víctor Arpa, abogado laboralista |Arpa Legal
Francisco Miralles
Fecha de actualización:
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Cuando la Seguridad Social reconoce una incapacidad permanente a un trabajador, dependiendo del grado, es puede trabajar en otra profesión distinta a la que venía haciendo. Ahora, siempre salta la duda sobre si por accidente o enfermedad nos vemos imposibilitados de volver a trabajar en esta profesión ¿Es posible cobrar dos pensiones de incapacidad permanente a la vez?

En este sentido, el abogado Víctor Arpa ha querido explicarlo de forma clara: “dos pensiones de incapacidad del mismo régimen nunca son compatibles, pero sí existen supuestos en los que se pueden acumular”. Ahora, como bien explica, hay excepciones según recoge la Ley General de la Seguridad Social.

Tal y como recoge el artículo 163 de la Ley General de la Seguridad Social (que se puede consultar en este Boletín Oficial del Estado) el mismo explica que “las pensiones de este Régimen General serán incompatibles entre sí cuando coincidan en un mismo beneficiario, salvo que legal o reglamentariamente se disponga lo contrario”.

Esto quiere decir que si una persona, dentro del Régimen General, reúne el derecho a dos pensiones de incapacidad, deberá optar por una sola de ellas. Lo mismo sucede con la pensión de jubilación en la que, cuando el trabajador que cobra una incapacidad permanente alcanza la edad legal de jubilación, su prestación pasa automáticamente a denominarse pensión de jubilación (salvo que el beneficiario exprese lo contrario).

Tal y como explica Arpa: “no es posible cobrar dos pensiones de incapacidad del mismo régimen, ni una de incapacidad y otra de jubilación a la vez. El INSS siempre obliga a elegir la que resulte más beneficiosa”. Ahora, como explica, hay excepciones.

Excepciones cuando hay distintos regímenes y pensión de viudedad

La propia ley abre la puerta a ciertas excepciones. Es posible percibir dos pensiones de incapacidad permanente siempre que correspondan a regímenes diferentes. Así, un trabajador que haya cotizado como asalariado en el Régimen General y posteriormente como autónomo en el RETA puede, si cumple los requisitos de ambos sistemas, cobrar dos prestaciones de incapacidad simultáneamente.

Además, las pensiones de incapacidad son compatibles con la pensión de viudedad. “Sí se puede cobrar una incapacidad permanente junto con una pensión de viudedad, porque pertenecen a supuestos distintos y la ley lo permite”, aclara el abogado. En estos casos, hay que tener en cuenta que la Seguridad Social aplica un límite y es, que la suma de ambas pensiones no puede superar la pensión máxima fijada cada año en la Ley de Presupuestos Generales del Estado.

Hay que cumplir con los requisitos de ambos regímenes

Aunque se trate de regímenes distintos, no basta con haber cotizado en ambos, ya que es necesario que cada uno exige que se cumplan sus condiciones de acceso de manera independiente. No se pueden sumar las cotizaciones de dos regímenes para alcanzar los periodos mínimos si se pretende cobrar dos pensiones. Sí es posible, en cambio, acumular cotizaciones cuando se solicita una sola pensión, siempre que los periodos no se superpongan en el tiempo.

Esto implica que, para que exista derecho a dos pensiones de incapacidad permanente, el trabajador debe acreditar que reúne los requisitos exigidos por separado en cada régimen. De lo contrario, la Seguridad Social reconocerá únicamente una de ellas.

Víctor Arpa explica que “la Seguridad Social siempre obliga a elegir la pensión que más convenga, pero cada caso es distinto”. Por ello, recomienda que si alguien se ve en esta situación antes de tomar ninguna decisión, informarse bien y acudir a un especialista en derecho laboral, ya que pueden afectar de forma permanente a la cuantía a percibir.

El abogado termina su video diciendo que “si tienes dudas, asesórate bien. Hay casos en los que sí puedes cobrar dos pensiones, pero si eliges mal, puedes perder derechos económicos importantes”.