Los trabajadores nacidos en 1959 ya pueden jubilarse y cobrar el 100% de la pensión

Podrán jubilarse y cobrando el 100% siempre que cuenten con al menos 38 años cotizados a la Seguridad Social.

Dos jubilados paseando por la calle
Dos jubilados paseando por la calle Envato
Francisco Miralles

Las personas que nacieron en 1959 ya pueden solicitar su pensión de jubilación y cobrando el 100% de la base reguladora. Además, mientras que unos trabajadores podrán acceder a la pensión, ya que cuenta con los 65 años, los nacidos a principios de los 60 también podrán dejar la vida profesional a través de una jubilación anticipada. En ambos casos siempre habrá que cumplir con los requisitos establecidos.

En 2024, la edad de jubilación está fijada en los 66 años y 6 meses, pero con la posibilidad de jubilarse a los 65 años si se ha cotizado al menos 38 años a la Seguridad Social. Es decir, que los nacidos en 1959 ahora tendrá 65 años, por lo que pueden jubilarse siempre que cumplan con ciertos requisitos.

Quién puede jubilarse en 2024 con el 100%

Los nacidos en 1959 podrán jubilarse en 2024, siempre que cuenten con 65 años de edad y al menos 38 años cotizados. Estas cotizaciones serán válidas para este año, ya que en 2025 se requerirá tener como mínimo 38 años y tres meses cotizados. Esta exigencia irá aumentando cada año hasta 2027, cuando será necesario haber cotizado 38 años y seis meses para poder jubilarse a los 65 años.

Además, tendrán derecho al 100% de la pensión de jubilación. Esto se debe al actual método para calcular la pensión contributiva de jubilación de la Seguridad Social. En este método, el total de años cotizados sirve para determinar el porcentaje de la cuantía de la base reguladora a la que se tiene derecho. De esta forma, con 15 años cotizados se tiene derecho al 50% de la base reguladora y, por cada mes adicional cotizado, dicho porcentaje aumentará hasta alcanzar el 100%, para lo cual es necesario tener 36 años y seis meses cotizados. Así, con 38 años cotizados, los trabajadores cuentan con las cotizaciones suficientes para cobrar la pensión completa, según su base reguladora.

En la base reguladora entran en juego diferentes factores, como el coeficiente para reflejar el efecto de la inflación, la integración de lagunas o las cotizaciones ficticias. Básicamente, la base reguladora es el resultado de dividir entre 350 las 300 últimas bases de cotización (últimos 25 años). Por lo tanto, si has cotizado por una base media de 2.000 euros, tu base reguladora sería de aproximadamente 1.714,28 euros.

Los trabajadores nacidos en 1960 pueden jubilarse a través de una jubilación anticipada

Los trabajadores que han nacido a partir de 1960 ahora contarán con 64, 63, 62, 61 años, por lo que también puede jubilarse, pero a través de una jubilación anticipada voluntaria o involuntaria. En las voluntarias es necesario tener como mínimo 35 años cotizados y que la pensión resultante sea superior a la pensión mínima vigente, tras hacer el cálculo de la pensión y aplicar los coeficientes reductores.

En el caso de anticipar involuntariamente hay que tener como mínimo 33 años cotizados a lo largo de la vida laboral. Es decir, que los nacidos en los 60 ya puedan solicitarlo. La Seguridad Social explica que ambas modalidades conllevará recortes en la cuantía de la pensión según los años cotizados.

Aquellos que quieran esperar a la edad ordinaria de jubilación para cobrar la pensión completa deberá esperar a los siguientes años según su edad de nacimiento:

  • Nacidos en 1961: podrán jubilarse entre 2026 y 2028.
  • Nacidos en 1962: podrán jubilarse entre 2027 y 2029.
  • Nacidos en 1963: podrán jubilarse entre 2028 y 2030.
  • Nacidos en 1964: podrán jubilarse entre 2029 y 2031.
  • Nacidos en 1965: podrán jubilarse entre 2030 y 2032.
  • Nacidos en 1966: podrán jubilarse entre 2031 y 2033.
  • Nacidos en 1967: podrán jubilarse entre 2032 y 2034.
  • Nacidos en 1968: podrán jubilarse entre 2033 y 2035.
  • Nacidos en 1969: podrán jubilarse entre 2034 y 2036.

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