
A la hora de acceder a la pensión de jubilación, los años de cotización son importante, ya que sirven para determinar que tanto por ciento de la base reguladora se tiene derecho, es decir, cuantos más años, mayor será la cuantía. En este sentido, el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, liderado por Elma Saiz aprobado un nuevo convenio especial que ofrece a ciertos trabajadores la posibilidad de sumar hasta cinco años adicionales de cotización a su vida laboral, siempre que hubieran realizado prácticas o trabajado como becarios antes de 2011. Este acuerdo busca mejorar las condiciones de jubilación de aquellos que, durante sus años de formación, no pudieron cotizar a la Seguridad Social.
Podrán acogerse a este beneficio todas las personas trabajadoras que realizaron prácticas no remuneradas o participaron en programas de investigación, tanto en España como en el extranjero, siempre que completarán dichas actividades antes del 1 de noviembre de 2011. También podrán beneficiarse los graduados universitarios que participaron en programas de doctorado antes del 4 de febrero de 2006, así como los alumnos de enseñanzas artísticas superiores, enseñanzas deportivas y formación profesional.
A partir de esa fecha, la normativa exigía cotizar por las prácticas remuneradas, lo que excluye a quienes iniciaron su beca después de ese momento. Además, el convenio establece que el cómputo de las prácticas no remuneradas será válido hasta el 1 de enero de 2024, permitiendo recuperar hasta un máximo de cinco años de cotización.
Condiciones para acceder a este convenio especial
Para conseguir los cinco años de cotización es necesario cumplir con los requisitos que establece el Real Decreto Legislativo 8/2015 (Ley General de la Seguridad Social) la cual se puede consultar en este Boletín Oficial del Estado.
Este mecanismo extraordinario, detallado por la Seguridad Social, establece una serie de requisitos específicos para poder beneficiarse:
- El trabajador debe haber realizado prácticas o programas de investigación sin remuneración. También podrán acogerse los graduados universitarios que participaron en programas de doctorado antes del 4 de febrero de 2006, así como los alumnos de enseñanzas artísticas superiores, enseñanzas deportivas y formación profesional.
- Las prácticas deben haberse llevado a cabo antes de noviembre de 2011, cuando entró en vigor la normativa que obliga a cotizar por prácticas remuneradas.
- Se pueden sumar hasta un máximo de cinco años de cotización, siempre que dichas prácticas no hayan generado ya cotización.
Cómo cotizan estos cinco años extras en la jubilación
El convenio especial, tal como explicó Borja Suárez, secretario de Estado de Pensiones, permite recuperar los años de cotización de forma voluntaria. Para hacerlo, el trabajador deberá pagar las cotizaciones correspondientes, que se calcularán en base al grupo 7 del Régimen General de la Seguridad Social, a la que se aplicará un coeficiente reductor del 0,77 por 100 y se utilizará como referencia el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) vigente en el momento en que se realizaron las prácticas. Es decir, que se cotizará por la base de 1.323 euros, si se tiene en cuenta el actual SMI.

🔍 Me gustaría hacer unas aclaraciones sobre la nueva posibilidad de rescate de los periodos en prácticas o en programas de formación investigadora para el cómputo de la pensión 🧵
— Borja Suárez Corujo (@CorujoBorja) May 1, 2024
Las cuotas a la Seguridad Social podrán abonarse en un único pago o fraccionarse en tantas mensualidades como periodos de cotización se vayan a computar, según la preferencia del trabajador.
Aquellas personas interesadas en suscribir este convenio especial tendrán un plazo de dos años para hacerlo, contados a partir de la entrada en vigor del mismo en abril de 2024. De este modo, aquellos que cumplan con los requisitos deberán realizar el trámite ante la Seguridad Social y optar por la modalidad de pago que mejor se ajuste a su situación financiera.
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