El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) ha informado de los nuevos cambios que afectan a la edad de jubilación en 2023. Desde el organismo dependiente del Gobierno de España han aclarado que la edad de jubilación aumenta cada año hasta en 2027, que es cuando culminará la reforma de las pensiones y donde la edad legal para retirarse profesionalmente será a los 67 años, siempre que se cuenten con 38 años y seis meses cotizados.
🗨️¿A qué edad puedo jubilarme?
— Atención a la ciudadanía de @inclusiongob (@incluinfo) February 20, 2023
👉Depende de las cotizaciones. En 2023, en general, si has trabajado 37 años y 9 meses o más, puedes jubilarte a los 65. Si has cotizado menos, a los 66 años y 4 meses.
📌Puede rebajarse en algunos supuestos: https://t.co/NjnHw4h5Ya pic.twitter.com/Gpgi7dggJ4
En el caso de las jubilaciones anticipadas no voluntarias (forzosas), los trabajadores podrán adelantar la edad hasta un máximo de cuatro años, es decir, retirarse a los 61 años, pero será necesario que cuenten como mínimo con 33 años de cotización.
En el caso de las jubilaciones anticipadas voluntarias, se podrá acceder con dos años de antelación, es decir, es posible acceder con 63 años, siempre y cuando se cuente con 37 años y nueve meses o más de cotización por trabajo a la Seguridad Social. En caso contrario, se podrá acceder a los 64 años y dos meses, pero siempre y cuando se tenga al menos 35 años de cotización.
La nueva edad de jubilación en 2023
Según explica la Seguridad Social, la edad ordinaria de jubilación en 2023 será la de 66 años y cuatro meses para aquellas personas trabajadoras que han cotizado menos de 37 años y nueve meses. En el caso de tener más de esas cotizaciones se podrá solicitar la jubilación a los 65 años.
Esta es la edad que permite tener acceso al 100 % de la jubilación, pero no quiere decir que se cobre ese importe. Para cobrar el 100 % de la base reguladora en 2023 (también para 2024, 2025 y 2026) es necesario tener al menos 36 años y 6 meses cotizados.
Esta es la regla matemática para obtenerla:
- Primeros 15 años de cotización = 50 % de la base reguladora.
- Los siguientes 49 meses siguientes de cotización (4,08 años) = 10,29 % de la base reguladora.
- Los 209 meses restantes hasta llegar a los 36 años y 6 meses de cotización= 39,71 % de la base reguladora.
Además, es importante destacar, y así lo indica la Seguridad Social, que no es lo mismo percibir el 100 % que la pensión máxima. El 100 % hace referencia a la base reguladora, que podrá ser mayor o menor.
En cambio, la pensión máxima se establece en los Presupuestos Generales del Estado y para este año se sitúa en los 42.829,29 euros. Si se reparte en 14 pagas, se sitúa en los 3.059 euros al mes. Estas cantidades están topadas y no se podrá cobrar más de esa cantidad, salvo si se perciben complementos para reducir la brecha de género.
Sube el complemento para las pensiones hasta los 1.568 euros al año
Otras de las novedades para este año, de las que ha informado la Seguridad Social, es la subida del complemento para reducir la brecha de género en las pensiones, que subirá conforme al IPC del año pasado (8,5 %). Así, los pensionistas que lo cobren, como los que lo quieran solicitar, pasarán a cobrar de los 28 euros al mes por hijo a los 30,40 euros a partir de este año.
Este complemento se sumará a la pensión de jubilación y no se limitará en el caso de cobrar la máxima. Las cuantías del complemento irán desde los 30,40 euros y hasta los 112 euros por mes. Esto irá en función del número de hijos y, de forma anual, se percibirá desde los 425,6 euros hasta los 1.702,4 euros (en 14 pagas).
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