Una vez finalizado el verano y con la Navidad a las puertas, son muchos los pensionistas y jubilados que comienzan a preguntarse: ¿Cuándo se cobra la paga extraordinaria de Navidad de las pensiones? Desde la Seguridad Social han querido responde a esta cuestión, aunque han asegurado que no será para todos, porque existen pensionistas que no tienen derecho a la paga extra.
Simplemente, hay que echar un vistazo a la Ley General de la Seguridad Social para comprobar que el abono de la paga extraordinaria no solo va dirigida a los pensionistas de este organismo, al ser de modalidad contributiva. Los beneficiarios de la pensión no contributiva del Imserso también pueden cobrarla. Es por eso que puede decirse que la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) permiten el cobro de dicho extra junto a la pensión.
Generalmente, corresponde a la TGSS ser el organismo encargado de gestionar las pagas extra que derivan del devengo mensual de las pensiones. Para entender esto hay que tener en cuenta que el pago suele hacerse en 14 pagas al año, dos de las cuales suelen ser extra, de ahí que una se abone en verano y otra en Navidad.
Quienes recibirán ese dinero extra son los beneficiarios de una jubilación (contributiva y no contributiva), incapacidad permanente (e invalidez no contributiva), viudedad, orfandad y en favor de familiares.
Sin embargo, no todos los anteriores tienen derecho a percibir ese dinero extra que complementa a las mensualidades. A continuación se explica quiénes son y el motivo de por qué están “excluidos”.
Los pensionistas que no tienen derecho a la paga extra de Navidad
Entre los pensionistas que no tienen derecho a la paga extra de Navidad se encuentran algunos perceptores de la pensión contributiva de incapacidad permanente. La razón es que la Seguridad Social no les ingresa una doble mensualidad cuando esta derive de un accidente laboral o una enfermedad profesional. No es que cobren menos dinero, sino que la cuantía total que les pertenece cada año se ingresa prorrateada en 12 pagas anuales.
Ese es el motivo de por qué al llegar la fecha de cobro, no ven ingresada una cuantía adicional, sino que reciben el pago mensual que les corresponde por dicho mes, por ejemplo, en la próxima Navidad, en el mes de noviembre.
¿Cuál es la cuantía de la paga extra de Navidad en 2023?
La cuantía que recibe el pensionista o jubilado de paga extra de Navidad proviene del devengo de las pensiones que hace cada seis meses la Seguridad Social. Ese importe extra equivale al de una mensualidad ordinaria, por lo que la persona recibe en su cuenta bancaria el pago de dos mensualidades juntas.
Para entenderlo mejor se explicará con un ejemplo. Una persona beneficiaria de una incapacidad permanente por una enfermedad común recibe una mensualidad de 1.000 euros, que subirá a los de 2.000 euros al incluir esa aportación extra. Sin embargo, la persona que reciba la misma pensión, pero derivada de un accidente laboral, volverá a ver ingresado solo 1.000 euros en noviembre.
¿Cuándo se cobra la paga extra de las pensiones de Navidad?
Como vienen siendo habitual, la Seguridad Social permite el cobro de las pensiones a mes vencido, aunque suele adelantarse a esa fecha y lo permite a partir del día 25 de cada mes. Si cae en festivo pasa al siguiente día hábil. Así, la fecha de cobro de la paga extra de Navidad será el próximo lunes, 27 de noviembre de 2023.
Ante esta situación, la TGSS libera la partida presupuestaria en el siguiente día hábil en las entidades bancarias colaboradoras, pero hay bancos que se adelantan a esa fecha, como CaixaBank. La entidad catalana permitirá el cobro de la paga extra el viernes, 24 de noviembre de 2023.
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