
La jubilación anticipada permite a los trabajadores retirarse del mercado laboral hasta dos años antes de cumplir la edad legal de jubilación. Esta modalidad es un derecho que la Seguridad Social reconoce a los trabajadores que cumplen los requisitos de edad y años cotizados. Para acceder a ella es necesario cumplir una serie de requisitos. Sin embargo, la Seguridad Social recuerda que hay un requisito menos conocido y puede impedir su acceso.
En 2023 la edad ordinaria se situará en los 65 años en caso de haber cotizado de 37 años y 9 meses. En caso de acreditar menos, es posible retirarse profesionalmente a los 66 años y 4 meses. Así, en el caso de acogerse a la jubilación anticipada voluntaria, la edad de retiro será 64 años y cuatro meses o 63 años, según los años cotizados, según figura en la web de la Seguridad Social.
Según explica la Seguridad Social en su página web, para jubilarse de manera anticipada es necesario cumplir con unos requisitos generales, específicos y además económicos. Este último es bastante importante, ya que podrían denegar el retiro a dicha edad y solamente acceder por la jubilación ordinaria.
Requisitos generales para acceder a la jubilación anticipada
Para acceder a la jubilación anticipada voluntaria es necesario haber cotizado al menos 35 años, de los cuales 2 años de cotización deberán estar comprendidos en los 15 años anteriores al hecho causante. El hecho causante es, por normal general, el día de cese de la actividad laboral.
Dentro de estas cotizaciones se podrán incluir periodo destinado a la realización del servicio militar, la prestación social sustitutoria y del servicio social femenino, con un máximo computable de 1 año. Además, es posible incluir las lagunas de cotización y las conocidas como cotizaciones ficticias.
Requisito económico específico
La Seguridad Social recuerda que aun cumpliendo todos los requisitos generales y específicos, es posible que la jubilación anticipada sea denegada. La razón es que habrá que cumplir con un requisito económico.
Así, para acceder a esta modalidad, será necesario calcular la pensión de jubilación y asegurarse de que el importe resultante, después de aplicar los coeficientes reductores, sea mayor que la cuantía de la pensión mínima correspondiente al interesado según su situación familiar al cumplir los 65 años de edad.
Es decir, primeramente se calculará la base reguladora, sumando las 300 últimas bases de cotización y dividiéndolo entre 350 (las bases de cotización son 12 anuales, en cambio, la pensión se abona en 14 pagas). Con la base reguladora obtenida un porcentaje en función de los años trabajados. Finalmente, se aplicará los coeficientes reductores por jubilación anticipada.

Si el resultado de dicho cálculo es inferior a la pensión mínima, no se tendrá derecho a pedir la jubilación anticipada. En este artículo se pueden consultar todas las cuantías mínimas de la pensión de jubilación. Por otro lado, recuerdan que este extremo no será aplicable en la jubilación involuntaria o forzosa.
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