Son muchas las amas de casa sin cotizaciones que al llegar a la edad de jubilación ordinaria buscan cobrar la pensión de la Seguridad Social, pero se encuentran con la negativa de esta administración. ¿Por qué no pueden cobrar la jubilación? ¿Tienen derecho a alguna otra pensión? Estas son algunas de las preguntas más frecuentes a las que intentan buscar respuesta.
Y es que a la hora de acceder a la pensión de jubilación, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) exige un periodo mínimo de cotización de 15 años, dos de los cuales deben estar integrados en los últimos 15 años anteriores a la fecha de solicitud. Es por esa falta de cotizaciones, por lo que muchas amas de casa o personas que no cumplen con ese tiempo mínimo se ven fuera del sistema de pensiones contributivas.
No obstante, existe otra vía alternativa para todas ellas cuando alcanzan los 65 años, y el intentar cobrar una pensión no contributiva de jubilación del Instituto de Mayores y Servicios Sociales (Imserso). Aunque no se exijan cotizaciones, sí es obligatorio demostrar una carencia de rentas, para asegurar que esta prestación proteja a quienes realmente lo necesitan.
Como recoge la propia web del Imserso: "La pensión no contributiva de jubilación asegura a todos los ciudadanos mayores de 65 años y en estado de necesidad una prestación económica, asistencia médico-farmacéutica gratuita y servicios sociales complementarios, aunque no se haya cotizado o se haya hecho de forma insuficiente para tener derecho a una pensión contributiva".
Requisitos para cobrar la pensión no contributiva de jubilación
A pesar de haber cumplido la edad ordinaria de jubilación, es necesario demostrar que se cumplen los siguientes requisitos:
- Vivir en España durante al menos diez años en el periodo en que cumplió los 16 años y los 65. Dos de ellos han de ser consecutivos y anteriores a la solicitud de la pensión. Y, demostrar que no se alcanzan unos ingresos o rentas superiores a los 7.250,60 euros en 2024.
Ese límite puede aumentar si la persona viven con más personas dentro de una unidad de convivencia y entre ellos se encuentran: padres, abuelos, hijos, nietos y hermanos del solicitante. Así:
Si viven solo con el cónyuge y/o esos parientes, no puede sobrepasar estos límites en 2024:
- Dos convivientes: 12.326,02 euros/anuales.
- Tres convivientes: 17.401,44 euros/anuales.
- Cuatro o más convivientes: 22.476,86 euros/anuales.
Si entre esos parientes se incluyen padres o hijos:
- Dos convivientes: 30.815,05 euros/anuales.
- Tres convivientes: 43.503,60 euros/anuales.
- Cuatro o más convivientes: 56.192,15 euros/anuales.
¿Qué pensión le queda a una ama de casa que no ha cotizado?
Las amas de casa que no han cotizado tienen derecho a cobrar las siguientes cuantías recogidas en el Real Decreto-ley 8/2023, de 27 de diciembre:
La íntegra queda en 517,90 euros al mes (7.250,60 euros al año), mientras que la mínima del 25% es de 129,48 euros al mes (1.819,65 anuales). Si hubiera más beneficiarios de una pensión no contributiva en la misma familia:
- Con dos beneficiarios: 440,22 euros al mes.
- Con tres o más beneficiarios: 414,32 euros al mes.
Cabe recordar que el pago serán en 14 ocasiones al año, por lo que dos pagas son extra, una en verano (junio) y otra en Navidad (noviembre).
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