El pasado 31 de julio, el Gobierno de España, junto con los sindicatos CCOO y UGT, y las patronales CEOE y CEPYME, alcanzaron un acuerdo a través de la Mesa de Diálogo Social para mejorar el actual sistema de pensiones y jubilación. Entre las medidas aprobadas se encuentran la compatibilidad entre pensión y trabajo, un nuevo procedimiento para actividades peligrosas y la mejora en el aprovechamiento de las mutuas para la recuperación de la salud de los trabajadores. Así, se podría decir que esta sería la tercera reforma de las pensiones aplicada en los tres últimos años en el caso de que esta fuera aprobada por el Parlamento.
Las 8 mejoras que llegan con la tercera reforma de las pensiones
De las ocho principales medidas aprobadas por el Gobierno, las cuales han sido llevadas a cabo por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones se puede decir que 5 afectará a los futuros pensionistas y tres en mejoras para el resto de trabajadores.
Incentivos a la jubilación demorada
Una de las medidas es la mejora en los incentivos para aquellos trabajadores que retrasen de jubilación, es decir, jubilarse más allá de la edad ordinaria. Así, a partir del segundo año de demora, se incrementará un 2% adicional por cada seis meses, mientras que antes el aumento solo aplicaba por cada año completo de retraso. Esta modificación también contempla un incentivo equivalente para quienes opten por un pago único o mixto.
Cambios en la jubilación activa
En cuanto a la jubilación activa (la que permite el trabajo por cuenta propia) se elimina el requisito de tener una carrera completa de cotización para acceder a la jubilación activa. Además, la compatibilidad de la pensión con la actividad laboral será mayor en función del tiempo de retraso en la jubilación. A partir de cinco años de demora, se podrá recibir el 100% de la pensión, mientras que por periodos menores el porcentaje variará entre el 45% y el 80%.
En el caso de acceder a la jubilación activa como autónomo y contrata a un empleado con un contrario indefinido, se podrá percibir un 75% de la pensión inicial. Este porcentaje subirá un 5% por cada año adicional de actividad, alcanzando el 100% al cabo de cinco años.
Mejoras en la jubilación flexible
En este caso, el Gobierno se marca un plazo de seis meses para revisar la jubilación flexible con el objetivo de aumentar los incentivos para los trabajadores por cuenta ajena. Se espera que esto mejore el porcentaje de la pensión a percibir por quienes opten por esta modalidad.
Para entender mejor las diferencias entre la jubilación activa y la jubilación flexible, la activa permite a un jubilado volver a la vida laboral y cobrar parte de su pensión mientras trabaja por cuenta propia. En cambio, la flexible ofrece la posibilidad de realizar un trabajo por cuenta ajena como asalariado, también cobrando parte de la pensión.
Cambios en la jubilación parcial
La edad de acceso a la jubilación parcial con contrato de relevo se amplía hasta tres años antes de la edad legal de jubilación, en función de los años cotizados. Además, se permitirá que los trabajadores fijos discontinuos accedan a estos contratos de relevo, siempre que el relevo sea a tiempo completo e indefinido. La jubilación parcial se da cuando un trabajador cobra parte de la pensión mientras trabajo a tiempo parcial.
Mejorar en el sistema de cotización de los fijos discontinuos
Se establece el coeficiente de 1,5 por cada día trabajado para acreditar los periodos de cotización de los trabajadores fijos discontinuos. Esto les permitirá alcanzar antes los requisitos para acceder a la pensión de jubilación, incapacidad permanente o viudedad entre otras.
Aceleración en los procesos de incapacidad temporal (IT)
Por otro lado, más centrado en los trabajadores y no tanto en los jubilados, el gobierno también ha incluido medidas para un mejor aprovechamiento de los recursos de las mutuas en procesos traumatológicos. Se promoverán convenios entre las comunidades autónomas, mutuas y el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), para acelerar diagnósticos y tratamientos en casos de Incapacidad Temporal. Las bajas y altas seguirán siendo emitidas por los servicios públicos de salud.
Además, se creará una Comisión de Seguimiento estatal que supervisará la ejecución de estos convenios y propondrá medidas para mejorar la recuperación de los trabajadores.
Sistema de incentivos a empresas por reducción de siniestralidad
Por último, esta reforma de las pensiones incluirá un sistema de reducción de cotizaciones por contingencias profesionales para las empresas que disminuyan su siniestralidad laboral. Se implementará un sistema de calificación basado en los índices de accidentes y enfermedades profesionales de cada empresa. Las empresas que mejoren su calificación podrán obtener un incentivo del 4% en la reducción de cotizaciones, y un 8% si mantienen la calificación máxima.
Así fue la primera reforma de las pensiones
La primera reforma de la pensiones llego en 2021, a través de la Ley 21/2021, la cual entró en vigor el 1 de enero de 2022 (se puede consultar en este Boletín Oficial del Estado) y que se centró en la garantía del poder adquisitivo de las pensiones y en la sostenibilidad del sistema. Las principales medidas fueron:
- Revalorización de las pensiones en función del IPC: Las pensiones se actualizarán anualmente según el IPC interanual medio de los 12 meses anteriores a diciembre. Cabe recordar, que antes esta subida era al alza y de ahí que se cobrará la famosa taquilla de las pensiones.
- Jubilación anticipada: se modifican los coeficientes reductores, que se aplicarán sobre la pensión teórica en lugar de la base reguladora. También se introdujeron nuevos incentivos para retrasar la edad de jubilación.
- Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI): Consiste en una cotización adicional del 0,6% para financiar el Fondo de Reserva de las Pensiones con el objetivo de que el actual sistema no se vea tensionado por la llegada de la generación baby boom (personas nacidas entre 1958 y 1975 y que empiézanos a jubilarse ahora). Este mecanismo se aplicará hasta 2032. Este tributo lo pagan todos los trabajadores en su nóminas.
- Limitación de la jubilación forzosa: Solo será posible a partir de los 68 años, salvo excepciones.
- Planes de pensiones de empleo: Se creó un nuevo marco para impulsar los planes de pensiones de empleo, incluyendo los Fondos de Pensiones de Empleo de Promoción Pública y los Planes de Pensiones de Empleo Simplificados, con especial énfasis en los autónomos, que por primera vez pueden acceder a estos instrumentos de ahorro.
Y así, la segunda reforma
El 16 de marzo 2023, el gobierno aprobó el Real Decreto-ley 2/2023, reforma que llevo a cabo el exministro del ministerio de Inclusión y Seguridad Social, José Luis Escrivá y ahora Gobernador del Banco de España. Esta trajo consigo nuevos cambios que afectaron tanto a los pensionistas como a la sostenibilidad del sistema. Las principales medidas fueron las siguientes:
- Sistema dual de cálculo de la base reguladora: A partir de 2026, los trabajadores podrán optar por calcular su base reguladora entre los 25 últimos años o los 29 últimos años, excluyendo los dos peores.
- Incremento de las bases de cotización y las pensiones máximas: A partir de 2024, la base máxima de cotización aumentará un 1,2% adicional al IPC, y la pensión máxima lo hará en un 0,115% adicional al IPC desde 2025.
- Cotización de solidaridad: Se introduce para los salarios que superen la base máxima de cotización, sin generar derecho a pensión adicional.
- Mejora de las pensiones mínimas y no contributivas: Las pensiones mínimas se elevarán hasta el 100% del umbral de pobreza en 2027, y las no contributivas alcanzarán el 75% del umbral de pobreza.
- Complemento de brecha de género: Incremento del 10% en 2024 y 2025 para reducir la brecha de género en las pensiones.
- Mejoras para autónomos: A través del Real Decreto-ley 13/2022, se implementó un nuevo sistema de cotización para autónomos que ajusta las bases de cotización a los rendimientos netos. Este sistema es progresivo y se aplicará completamente en 2032.
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