Las pensiones mínimas y no contributivas subirán por encima del 2,8% de la inflación media que determina la subida de las pensiones contributivas, con carácter general. Así lo ha confirmado el secretario de Estado de Seguridad Social y Pensiones, Borja Suárez, a una de las preguntas formuladas hoy en la rueda de prensa para analizar los datos de paro y afiliación del mes de noviembre. De hecho, durante su intervención ha manifestado claramente que “lo que sí se puede avanzar es que las pensiones mínimas y las no contributivas van a subir claramente por encima de ese 2,8%”.
Las pensiones contributivas se revalorizan conforme a la evolución del IPC promedio de los doce meses previos (de diciembre de 2023 a noviembre de 2024, en este caso), tal y como recoge el artículo 58 de la Ley General de la Seguridad Social (LGSS). En el caso de las pensiones mínimas y no contributivas, estas crecerán por encima de la inflación media, ya que así lo recoge en la Ley 21/2021, de 28 de diciembre (publicada en este Boletín Oficial del Estado).
Con esta medida el Gobierno compensa, revaloriza y garantiza que las pensiones más vulnerables no pierdan poder adquisitivo, además de ir en la línea del las recomendaciones del Pacto de Toledo. En este sentido Suárez ha manifestado que “uno de los elementos que conformaban la última parte de la reforma de las pensiones fue una mejora de la cuantía de las pensiones más bajas, vinculada a un indicador objetivo siguiendo la recomendación del Pacto de Toledo”.
Cómo subirán las pensiones mínimas y no contributivas
Aunque todavía no hay una cifra fijada por parte del Gobierno (se espera que esté sobre el 13 de diciembre) sí se puede hacer un esbozo aproximado sobre cuánto subirán las pensiones. Antes de confirmar la subida el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ha publicado este PDF, en el que explica como se calculará el incremento de las pensiones mínimas para 2025.
Según este documento, la subida de las pensiones mínimas para el año 2025 se calculará aplicando varios criterios establecidos en la normativa (Real Decreto-ley 2/2023 que regula la segunda reforma de las pensiones). En primer lugar, se procederá a una revalorización general basada en el IPC, la cual hemos comentado anteriormente y que tiene como objetivo garantizar que las pensiones mantengan su poder adquisitivo frente al aumento del coste de la vida.
Luego, las pensiones mínimas recibirán un incremento adicional, más allá de la revalorización general por IPC. Este aumento específico está diseñado para mejorar las condiciones de los pensionistas con menores ingresos, en línea con las recomendaciones del Pacto de Toledo y la Disposición adicional quincuagésima tercera de la Ley General de la Seguridad Social. Con este incremento se busca garantizar de unos ingresos a los pensionistas más vulnerables.
Sabiendo esto, se estima que las pensiones mínimas suban de la siguiente manera, según adelanta El Economista.
Pensiones de jubilación
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Titular con 65 años o más:
- Con cónyuge a cargo: 1.127,20 €/mes.
- Con cónyuge no a cargo: 829,70 €/mes.
- Sin cónyuge (unipersonal): 874,10 €/mes.
-
Titular menor de 65 años:
- Con cónyuge a cargo: 1.127,20 €/mes.
- Con cónyuge no a cargo: 772,90 €/mes.
- Sin cónyuge (unipersonal): 817,70 €/mes.
-
Gran invalidez (65 años):
- Con cónyuge a cargo: 1.690,70 €/mes.
- Con cónyuge no a cargo: 1.244,50 €/mes.
- Sin cónyuge (unipersonal): 1.311,10 €/mes.
Incapacidad permanente
-
Gran invalidez:
- Con cónyuge a cargo: 1.690,70 €/mes.
- Con cónyuge no a cargo: 1.244,50 €/mes.
- Sin cónyuge (unipersonal): 1.311,10 €/mes.
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Incapacidad absoluta:
- Con cónyuge a cargo: 1.127,20 €/.
- Con cónyuge no a cargo: 829,70 €/mes.
- Sin cónyuge (unipersonal): 874,10 €/mes.
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Entre 60 y 64 años:
- Con cónyuge a cargo: 1.127,20 €/mes).
- Con cónyuge no a cargo: 772,90 €/mes.
- Sin cónyuge (unipersonal): 817,70 €/mes.
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Menores de 60 años (enfermedad común)
- Con cónyuge a cargo: 644,30 €/mes.
- Con cónyuge no a cargo: 638,80 €/mes.
- Sin cónyuge (unipersonal): 644,30 €/mes.
Pensiones de viudedad
- Titular con cargas familiares: 1.127,20 €/mes.
- Titular con 65 años o discapacidad superior al 65%: 874,10 €/mes.
- Titular entre 60 y 64 años: 817,70 €/mes.
- Titular menor de 60 años sin cargas: 662,20 €/mes.
Pensiones de orfandad y a favor de familiares
- Orfandad: 267,40 €/mes.
- A favor de familiares: 267,40 €/mes.
Estas cuantías son estimaciones, según los datos publicados por el informe emitido por la Seguridad Social.
Subida de las pensiones no contributivas
En 2025, las pensiones no contributivas de jubilación e invalidez experimentarán un incremento estimado del 18,24%, conforme a las previsiones de la Seguridad Social y lo estipulado en el Real Decreto-ley 2/2023. Este marco normativo establece que estas pensiones deberán aumentar progresivamente hasta alcanzar, en 2027, el 75% del umbral de pobreza definido para un hogar unipersonal.
Este incremento anual, distribuido en 14 pagas, equivaldrá a un total de 7.600 euros al año en su cuantía íntegra mensual, fijándose en 542,85 euros. Paralelamente, la cuantía mínima del 25% se incrementará a 135,71 euros mensuales. A continuación, se detallan las nuevas cuantías previstas para 2025:
- Cuantía íntegra: se establecerá en 542,85 euros al mes (7.600 euros anuales), lo que supone un aumento respecto a los 517,90 euros al mes actuales (7.250,60 euros anuales).
- Cuantía mínima del 25 %: alcanzará los 135,71 euros al mes (1.899,94 euros anuales), incrementándose frente a los 129,48 euros al mes de este año (1.812,72 euros anuales).
- Cuantía íntegra con el complemento del 50 % (aplicable a pensiones no contributivas de invalidez): se situará en 814,27 euros al mes (11.399,78 euros anuales), superando los 776,85 euros al mes actuales (10.875,90 euros anuales).
A pesar de la subida por encima del IPC, esta no será la única. Se prevé que estas sigan creciendo hasta alcanzar los 8.250 euros anuales en 2027. De tal forma, que para 2026, la cuantía mensual se situará en 564,28 euros (7.900 euros anuales), mientras que en 2027 llegará a 592 euros al mes (8.250 euros anuales).
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