A partir del 1 de enero de 2025, la edad ordinaria para jubilarse en España se situará en los 66 años y 6 meses o 65 años, para aquellos trabajadores con más de 38 años y tres meses cotizados a la Seguridad Social, según las tablas actualizadas por la Seguridad Social. Para cobrar el 100% de la pensión será necesario cumplir con esta edad y además, tener al menos 36 años y 6 meses cotizados. Aun así, hay trabajadores que quieren saber si es posible jubilarse a los 63 años y cobrando el 100% de la pensión.
Según la normativa de la Seguridad Social, las personas que accedan a una jubilación anticipada voluntaria verán reducida su cuantía debido a las penalizaciones aplicadas mediante coeficientes reductores. Además, solo podrán hacerlo si demuestran a la Seguridad Social que cumplen unos requisitos mínimos, como la edad de jubilación que les corresponda, junto con un período mínimo de cotización en alguno de sus regímenes contributivos.
¿Quién puede jubilarse a los 63 años?
Para acceder a la jubilación anticipada voluntaria es necesario tener como mínimo 35 años cotizados, de los cuales al menos dos, deben estar dentro de los últimos 15 años anteriores a la solicitud de la jubilación. Además, es necesario que la pensión resultante sea superior a la pensión mínima contributiva.
Las jubilaciones anticipadas voluntarias permiten adelantar la jubilación hasta un máximo de 24 meses (2 años). Así, aquellos con menos de 38 años y tres meses, pero más de 35 años cotizados podrán acceder a la edad de 64 años y ocho meses. En cambio, las personas interesadas en jubilarse a los 63 años deberán tener al menos 38 años y tres meses cotizados a partir del 1 de enero de 2025.
Requisitos para cobrar el 100% de la pensión a los 63 años
Para cobrar el 100% de la pensión es necesario tener como mínimo 36 años y seis meses cotizados a la Seguridad Social, tal y como se explica en el actual método de cálculo. Ahora, acceder a la jubilación anticipada voluntaria conllevará si o si recortes sobre la cuantía. En el caso de las jubilaciones anticipadas voluntarias, este recorte oscilará entre un 2,81% y un 21%, En el caso de jubilarse a los 63 años, los recortes serían los siguientes en función de los años cotizados:
- Menos de 38 años y seis meses cotizados: 21%.
- Entre 38 y 41 años y seis meses cotizados: 19%.
- Entre 41 y 44 años y seis meses cotizados: 17%.
- Más de 44 años y seis meses cotizados: 13%.
Es decir y para entenderlo, acceder a la jubilación anticipada siempre conllevará un recorte sobre la cuantía, que se aplicará tanto a las mensualidades como a las pagas extraordinarias. Ahora, existen excepciones.
Casos en los que está permitida la jubilación a los 63 años cobrando el 100%
La Seguridad Social permite que determinadas profesiones puedan acceder a la jubilación anticipada a los 63 años (incluso a los 52 años) sin sufrir penalizaciones en la cuantía. Estas profesiones son las siguientes:
- Trabajadores del Estatuto Minero.
- Trabajadores del Mar.
- Trabajadores ferroviarios.
- Profesionales taurinos: solo los matadores, rejoneadores, picadores y toreros cómicos.
- Los artistas.
- El personal de vuelo.
- El cuerpo de la Ertzaintza.
- Los bomberos de las administraciones públicas.
- Los policías locales.
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