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El Gobierno confirma cambios para desbloquear la jubilación parcial del personal laboral en las administraciones

El Ejecutivo estudia permitir otra vez contratos temporales de relevo para que estas jubilaciones parciales puedan tramitarse sin quedar bloqueadas.

La ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz
La ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz |Alejandro Martínez Vélez / Europa Press
Francisco Miralles
Fecha de actualización:
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El Gobierno prepara un cambio legal para desbloquear la jubilación parcial del personal laboral en las administraciones públicas, una modalidad de retiro que quedó paralizada por las dificultades para cubrir esos puestos a través de un contrato de relevo. Con este cambio, la medida permitiría recuperar los relevistas temporales mientras las plazas se cubren de forma definitiva, según los sindicatos.

Aunque la medida aún no está aprobada, el movimiento ya está en marcha. CSIF asegura que el Gobierno prevé desbloquear “de manera inminente” este derecho mediante un real Decreto-Ley. Recalcar que el problema afecta al personal laboral de las administraciones públicas, no al funcionariado en general, y este lleva arrastrándose desde la última reforma de la jubilación parcial.

La jubilación parcial permite reducir la jornada laboral y empezar a cobrar una parte de la pensión antes de la retirada definitiva. Para entenderlo mejor, una persona sigue trabajando, pero menos horas, mientas la otra cubre esa parte restante a través de un “contrato de relevo”. Este sistema era habitual en muchas administraciones, pero se complicó cuando la nueva regulación endureció las condiciones del relevista.

Por qué se bloqueó esta modalidad

La raíz del problema está en la reforma aprobada a finales de 2024 y aplicada después en la jubilación parcial. La Seguridad Social explica que, cuando la jubilación parcial se produce antes de la edad ordinaria, el contrato de relevo debe ser indefinido y a tiempo completo, además de mantenerse al menos dos años tras la jubilación total de la persona relevada.

Ese requisito encaja con una empresa privada, pero choca con la lógica del empleo público. La Secretaría de Estado de Función Pública fijó en 2025 un criterio orientador según el cual esos contratos de relevo debían tener naturaleza fija en las administraciones y respetar los principios de igualdad, mérito y capacidad. Ahí empezó el atasco, pues para contratar personal fijo en el sector público hace falta un proceso selectivo que suele tardar meses, e incluso años.

A quién beneficiaría y qué falta por cerrar

La solución que se negocia ahora pasa por permitir contrataciones temporales de relevistas de forma transitoria, al menos para el personal laboral. Según CSIF, esta vía ya se ha planteado en la negociación del IV Convenio Único de la Administración General del Estado y podría activarse en breve. Otras organizaciones sindicales también han señalado que el cambio serviría para desbloquear miles de expedientes que siguen parados.

Ahora bien, la medida no resolvería por ahora la situación del personal funcionario y estatutario, que sigue sin recuperar plenamente esta modalidad de retiro parcial. Ese debate continúa ligado a la futura Ley de Función Pública, cuya tramitación parlamentaria sigue atascada.

La consecuencia para quienes están pendientes de solicitarla es, que la jubilación parcial del personal laboral sigue hoy sin aplicarse con normalidad, aunque el Gobierno trabaja ya en un cambio legal para hacerla viable. El siguiente paso será comprobar si ese real decreto ley se aprueba finalmente y en qué condiciones se aplicará en cada administración.