La pensión mínima de jubilación es la prestación más baja que la Seguridad Social ingresa a los jubilados. Las cuantías se actualizan cada año, al igual que la revalorización de las pensiones con el objetivo de que los pensionistas no pierdan poder adquisitivo, sobre todo en estas que son las más vulnerables. Para este año 2025, las pensiones mínimas de jubilación crecen un 6% a excepción de las mínimas con cónyuge a cargo, que será del 9,1%, según el Real Decreto-Ley 9/2024.
Actualmente, el sistema público de pensiones cuenta con dos tipos de pensiones de jubilación que son las contributivas y las no contributivas. A las primeras se accede cuando se han cotizado un mínimo de 15 años a lo largo de la vida laboral, aunque se piden otros requisitos. En el caso de no cumplir con estas cotizaciones mínimas y carecer de ingresos económicos suficientes, se puede acceder a la no contributiva, que garantiza una prestación económica mínima.
En ambas modalidades existe una pensión mínima, que será la cantidad más baja que se puede cobrar y que, en el caso de las contributivas, dependerá de la modalidad a la que se acceda y de la situación familiar, es decir, si se tiene o no cónyuge a cargo. Aun así, existen situaciones en las que se podría cobrar por debajo de dicha cantidad.
Importe de la pensión mínima de jubilación en 2025
Tras la revalorización establecida para 2025, la pensión mínima contributiva asciende a 12.241,60 euros anuales para quienes hayan cumplido los 65 años y no tengan cónyuge. Esto equivale a una pensión mensual de 874,40 euros, pagada en 14 mensualidades.
El importe puede ser inferior para quienes accedan a la jubilación con menos de 65 años y formen parte de una unidad económica unipersonal (sin cónyuge). En este caso, la pensión mínima será de 11.452,00 euros anuales, lo que equivale a 818 euros al mes.
Si el beneficiario tiene un cónyuge a cargo (dependiente económicamente), la pensión mínima se incrementará a 15.786,40 euros anuales, es decir, 1.127,60 euros al mes. Por otro lado, si el cónyuge no está a cargo, el importe de la pensión mínima será de 11.620,00 euros anuales, lo que equivale a 830 euros al mes.
Jubilación | Con cónyuge a cargo (€/año) | Sin cónyuge: Unidad económica unipersonal (€/año) | Con cónyuge no a cargo (€/año) |
---|---|---|---|
Titular con sesenta y cinco años | 15.786,40 € | 12.241,60 € | 11.620,00 € |
Titular menor de sesenta y cinco años | 15.786,40 € | 11.452,00 € | 10.824,80 € |
Titular con sesenta y cinco años procedente de gran invalidez | 23.678,20 € | 18.362,40 € | 17.430,00 € |
Importe de la pensión mínima no contributiva en 2025
La pensión mínima para las pensiones no contributivas de jubilación en 2025 es de 1.976,38 euros anuales, lo que equivale a 141,17 euros al mes en 14 pagas. Este importe corresponde al 25% de la cuantía íntegra y es el límite mínimo garantizado.
Por otro lado, tras la revalorización del 9% prevista para este año, la cuantía íntegra de la pensión no contributiva asciende a 7.905,80 euros anuales, es decir, 564,70 euros al mes en 14 pagas. Ahora, dado que el importe final de la pensión se ajusta en función de las rentas del solicitante y de su unidad de convivencia, es posible que algunos beneficiarios perciban una cantidad inferior a la completa, pero nunca por debajo del límite mínimo establecido.
Requisitos para cobrar la pensión mínima de jubilación
Para acceder a la pensión mínima de jubilación se pueden dar dos situaciones, que tras aplicar el método de cálculo de la Seguridad Social para calcular la pensión de jubilación esta quede fijada en la mínima o que tras este, la cuantía mínima sea inferior y necesite de la aplicación del complemento a mínimos para las pensiones contributivas.
Para acceder al complemento a mínimos en las pensiones contributivas, es necesario cumplir con los siguientes requisitos:
- Tener reconocida una pensión contributiva cuyo importe sea inferior a las cuantías mínimas fijadas anualmente.
- Residir legalmente en España.
Además, es imprescindible que los ingresos del beneficiario no superen el límite establecido anualmente. Este límite varía según la situación familiar del solicitante:
- Sin cónyuge a cargo: 9.193 euros anuales.
- Con cónyuge a cargo: 10.723 euros anuales.
Ahora, en el caso de superar estos límites de ingresos no se tendrá derecho a la pensión mínima, por lo que se podrá cobrar una pensión por debajo de estas cuantías.
Requisitos para cobrar la pensión mínima de jubilación no contributiva
La cuantía de la pensión no contributiva se calcula en función de las rentas personales del solicitante y de la unidad económica de convivencia. Así esta podrá variar entre los 564,7 euros (cuantía íntegra) y los 141,17 euros mínima del 25%), siendo esta la cuantía mínima. Es decir, no se puede cobrar menos de dicha cantidad.
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