Así cambia la jubilación parcial y activa con el nuevo pacto: menos requisitos y más incentivos

Se mejora el acceso a la jubilación que permite trabajar y cobrar parte de la pensión además, de obtener beneficios por retrasar la edad de jubilación.

La ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz
La ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz EFE
Francisco Miralles

El Gobierno de España a través del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones dirigido por Elma Saiz han llegado a un acuerdo con sindicatos y patronal para reformar el sistema de pensiones. El objetivo de esta cuarta reforma es, por un lado, mejorar el acceso a la jubilación a aquellas profesiones penosas y peligrosas, pero también retrasar la edad de jubilación para garantizar el sistema de pensiones. Para conseguir este último, se han mejorado los incentivos para que cada vez haya más trabajadores que opten por alargar su vida laboral.

Entre las mejoras se encuentra el acceso a través de jubilación parcial, es decir, aquella que permite cobrar la pensión mientras se trabaja con jornada reducida y que puede estar vinculado o no a un contrato de relevo. Con la nueva reforma se reducen los requisitos y se mejora la condiciones de acceso.

Cambios en la jubilación parcial

Con esto, el objetivo del ejecutivo es, “que el momento de la jubilación sea menos abrupto y más gradual” algo que ocurre de manera similar en otros países de Europa. Para ello, los trabajadores cercanos a la edad de jubilación podrán reducir su jornada laboral para acceder a la pensión de jubilación, sin que por ello se vea penalizada la cuantía de la pensión cuando llegue el momento de dejar definitivamente la actividad laboral.

Entre los cambios, el acceso. Hasta ahora solo se podía ingresar con dos años de adelanto con respecto a la edad ordinaria de jubilación y con esta nueva reforma se permitirá a partir de los 3 años. Es decir, que permitirá poder acceder a jubilación parcial los 62 años con contrato de relevo.

un pensionista consulta su pensión
Se podrá acceder a la jubilación parcial a partir de los 62 años | Foto: Envato

Durante el primer año, la jornada laboral solo podrá reducirse entre un 20% y un 33%, mientras que a partir del segundo año, la reducción podrá ser de entre un 25% y un 75%. Además, el trabajador que releve al jubilado deberá tener un contrato indefinido y a jornada completa. Por último, todos los trabajadores con jubilación parcial podrán acumular su jornada si así lo acuerdan con la empresa. 

Hasta el año 2029, se mantendrán las condiciones particulares y más ventajosas de la jubilación parcial para los trabajadores de la industria manufacturera, quienes también verán mejoras en su cotización durante este periodo.

Para fomentar la prolongación de las carreras profesionales, el Gobierno se ha comprometido a mejorar el acceso a la jubilación flexible, que permite a los trabajadores reengancharse al mercado laboral una vez jubilados, mejorando el porcentaje de pensión que recibirán.

Cambios en la jubilación activa

Por otro lado, también cambiar la jubilación activa (aquella que permite percibir la mitad de la pensión de jubilación al mismo tiempo que se está trabajando, ya sea por cuenta propia o ajena, a tiempo completo o parcial), facilitando su acceso y pudiendo acceder a bonificaciones sobre la cuantía de la pensión. En primer lugar, se elimina el requisito de tener una carrera de cotización completa. Es decir, haber cotizado para tener derecho al 100% de la pensión (esto es, tener 36 años y 6 meses cotizados).

Esta medida permite que más personas, especialmente mujeres con carreras laborales interrumpidas, puedan beneficiarse de la jubilación activa. Esto es así, ya que si miramos las estadísticas de la Seguridad Social, los hombres tienen una carrera de cotización media de 40 años, mientras que las mujeres está fijada en los 34 años, por lo que esta medida pretende acabar con esta situación.

Los trabajadores que opten por la jubilación activa deberán trabajar un año completo después de alcanzar la edad de jubilación sin recibir su pensión. Tras este periodo, los porcentajes de pensión que pueden cobrar mientras trabajan aumentarán progresivamente. Para asalariados y autónomos sin empleados, empezarán cobrando el 45% el primer año, el 55% el segundo, y aumentará 10 puntos porcentuales cada año, hasta llegar al 100%.

Además, en el caso de los trabajadores autónomos con empleados podrán compatibilizar el 75% de su pensión si estos tienen 18 meses de antigüedad o realizan un contrato indefinido. Este porcentaje subirá cinco puntos por cada año adicional que retrasen su jubilación, hasta alcanzar el 100%. Sin embargo, esto supone una desventaja respecto a la normativa actual, donde cobraban el 100% desde el principio de la jubilación activa.

Por otro lado, las anteriores reformas buscaban premiar a los trabajadores que retrasarán su edad de jubilación, a través de incentivos, ya sea un pago único, mejorando la cuantía de la pensión mensual o bien, escogiendo una mejora de ambas.

Así, quienes elijan retrasar su jubilación seguirán aumentando su pensión en un 4% anual. La novedad de esta reforma es que, a partir del segundo año de demora, este aumento se calculará cada seis meses, sumando un 2% semestralmente. Además, se mantienen las tres opciones actuales para recibir esta bonificación: incrementos porcentuales de la pensión futura, recibir un pago único al jubilarse (entre 5.000 y 12.000 euros, según lo cotizado) o una combinación de ambas opciones.

La principal novedad es que estos incentivos por seguir trabajando podrán combinarse con el cobro de una parte de la pensión además del sueldo. Según la Seguridad Social, “una vez recibido el premio por retrasar la jubilación, se podrá pasar también a la jubilación activa”.

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