En el sistema público de pensiones de la Seguridad Social, las cotizaciones a lo largo de la vida laboral son fundamentales tanto para acceder a la pensión como para determinar la cuantía. En este sentido, trabajadores con pocas cotizaciones, por ejemplo, 17 años, se preguntan, a qué edad se pueden jubilar y qué pensión les quedaría en tal caso.
Primero, hay que saber que para tener derecho a la pensión contributiva de jubilación es necesario haber cotizado al menos 15 años, de los cuales al menos dos deben estar comprendidos en los últimos 15 años. Estos requisitos de acceso están regulados en el artículo 205 del Real Decreto Legislativo 8/2015, de la Ley General de la Seguridad Social.
Edad de jubilación con 17 años cotizados
La edad de jubilación con 17 años cotizados se situará en los 66 años y seis meses en 2024. Esta edad irá aumentando progresivamente cada año hasta 2027, momento en el cual, para aquellos años de cotización, la edad de jubilación se situará en los 67 años. Así irá incrementándose cada año:
- 2024: 66 años y 6 meses.
- 2025: 66 años y 8 meses.
- 2026: 66 años y 10 meses.
- 2027: 67 meses.
Pero, ¿por qué aumenta la edad? En 2013, se aprobó la reforma de las pensiones sobre la edad de jubilación. En ella se introdujo dos edades. Una situada en los 65 años para aquellos con largas carreras de cotización y que cada año aumentaría esas cotizaciones y otra donde la edad de retiro iría aumentada cada año hasta 2027, donde quedaría fijada en los 67 años.
Así, en 2024, la edad se sitúa en los 65 años para aquellos con más de 38 años cotizados y, en el caso de no tener dichas cotizaciones la edad estará en los 66 años y seis meses, justo lo que pasa por tener 17 años.
Qué pensión queda con 17 años cotizados
Según el sistema de cálculo de la Seguridad Social en España, con 17 años cotizados se tiene derecho a una pensión de jubilación que corresponde al 55,04% sobre la base reguladora. Este sistema establece que con 15 años (5.475 días) de cotización se tiene derecho al 50% de la base reguladora. A partir de ese punto, por cada mes adicional de cotización se suma un 0,21%, lo que equivale a un incremento del 5,04% por dos años adicionales. Por lo tanto, con 17 años cotizados, se tiene derecho al 55,04% de la base reguladora.
La base reguladora se obtiene sumando las 300 últimas bases de cotización (25 últimos años) y dividiéndola entre 350. En este caso, al contar con 17 años cotizados, se sumarían los 204 meses (17 años) de cotización y se dividirían entre 350. El resultado será la base reguladora, también conocida como el 100% de la pensión.
En el caso de que la cuantía de la pensión resultante fuera inferior a la mínima y el beneficiario tenga ingresos inferiores a los 8.941,33 euros, podrá complementarse con el complemento a mínimos. Este complemento es una cuantía económica que se añade a la pensión contributiva, con el objetivo de garantizar que alcance el mínimo fijado por el Gobierno cada año.
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