Para desheredar a un heredero legítimo como un hijo en España no será suficiente con incluir esta decisión expresamente en el testamento, sino que será necesario especificarlo señalando las causas probadas por las cuales se ha tomado tal decisión.
No es un proceso sencillo, puesto que en principio, los hijos deben de acceder como mínimo a la herencia legítima que supone al menos 2 terceras partes de los bienes del fallecido. Eso sí, en este sentido hay matices, puesto que dependiendo de la Comunidad Autónoma en la que nos encontremos, esta proporción puede variar, como es por ejemplo el caso de Cataluña, en el que esa proporción es el 25%.
Se puede desheredar a un hijo en España
Ya se han dado sentencias al respecto en nuestro país, como la de la Audiencia provincial de Barcelona, sentencia 264/2022 en la que se confirmó la desheredación del demandante, pero condena al demandado a abonarle los gastos de sepelio que fueron pagados por el demandante.
Los hechos que la motivan responden a la instalación de un hijo junto a su pareja en la vivienda familiar por la fuerza y en contra de la voluntad del progenitor, realizando, además, operaciones sin autorización en la cuenta bancaria de su madre.
Estos hechos fueron motivo suficiente para desheredar a un hijo. Sin embargo, también alumbra otro: “el maltrato grave al testador, a su cónyuge o conviviente en pareja estable, o a los ascendientes o descendientes del testador”. La sentencia, al respecto, apunta al maltrato psicológico o emocional de la doctrina del Tribunal Supremo, que reconoce este comportamiento en situaciones de descalificaciones, humillaciones, discriminación, ignorando o menoscabando sus sentimientos.
En que casos se puede desheredar a un hijo
Los artículos 756 y 853 del Código Civil regulan los motivos que justifican la decisión de un testador para desheredar a un hijo legalmente. A parte de darse al menos uno de los siguientes motivos, el testador tendrá que haber dejado un testamento escrito en el que se exprese directamente la voluntad de desheredarlo, los motivos por los que se ha llegado a tal deseo y demostrarlo mediante pruebas fehacientes.
Estos son los supuestos en los que si un hijo ha cometido alguno de ellos, puede ser desheredado:
- Que el hijo con amenaza, fraude o violencia haya obligado al testador a hacer un testamento o cambiarlo.
- Haber maltratado de obra o injuriado gravemente de palabra al fallecido.
- Que el hijo le haya negado al padre o madre testador el sustento cuando este estaba necesitado, sin motivo legítimo.
- El que por iguales medios impidiere a otro hacer testamento, o revocar el que tuviese hecho, o suplantare, ocultare o alterare otro posterior.
- El heredero mayor de edad que, sabedor de la muerte violenta del testador, no la hubiese denunciado dentro de un mes a la justicia cuando ésta no hubiera procedido ya de oficio
- Que algún tribunal haya admitido como razón el maltrato psicológico que supone abandonar las relaciones y no mostrar interés alguno por el progenitor.
- Tratándose de la sucesión de una persona con discapacidad, las personas con derecho a la herencia que no le hubieren prestado las atenciones debidas, entendiendo por tales las reguladas en los artículos 142 y 146 del Código Civil.
¿Se puede desheredar a un hijo por abandono?
El Código Civil no recoge el abandono como causa expresa para que un progenitor desherede a un heredero legítimo. Lo que si recoge es el maltrato psicológico, por lo que en este sentido si un progenitor se siente abandonado porque no lo visitan o le impiden la relación con sus nietos, se podrá considerar un motivo para desheredar.
Eso si, la falta de esa relación familiar para sentirse abandonada ha de ser:
- Continuada
- Únicamente imputable al desheredado
- Que haya provocado menoscabo físico o psíquico al testador de una entidad considerable
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