El aumento de la inflación y la crisis económica que está sufriendo Europa está afectando directamente al bolsillo de las familias españolas. Para afrontar la situación, la Seguridad Social intenta protegerlos con distintas ayudas. Ahora, miles de beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital (IMV) recibirán hasta 1.243 euros en junio, por lo que son muchos los que dudan sobre qué familias tienen derecho a cobrarla.
Este IMV consiste en una prestación no contributiva cuyo importe viene determinado por dos factores: el número de personas que formen parte de la unidad familiar y las rentas que posean. Y es que no es una cuantía fija, sino que varía entre los ingresos mensuales que tenga la persona y el dinero máximo de cobro que permita la seguridad social en función de esa familia.
Como se verá más adelante, los requisitos específicos para cobrar la ayuda no son tan difíciles de cumplir. Según los últimos datos ofrecidos por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, informan que esta prestación ya ha llegado a 1.808.734 personas, de las que el 43% son menores de edad.
Otra ventaja para solicitarla es que desde enero de 2023, se cobra un 15% más por ella que el año pasado, al mismo tiempo que hay un complemento por hijos a cargo. Esto lo hace ideal para las familias con apuros económicos y a los que les cuesta llegar a final de mes. Sin embargo, hay que tener en cuenta que, como es una ayuda asistencial, sus beneficiarios no tienen derecho a paga extra de verano.
¿Qué personas pueden cobrar la ayuda de 1.243 euros en junio?
Dentro de las cuantías máximas que pueden recibir las familias según el número de miembros, el Ingreso Mínimo Vital con un importe de 1.243 euros puede cobrarse por varios tipos que siempre corresponden con familias numerosas con muchos miembros. Es decir, tal y como estipulan los Presupuestos Generales del Estado 2023, las familias que pueden cobrarla serán:
- Las formadas por dos adultos y tres o más menores de edad.
- Las de tres adultos y dos o más menores.
- Las de cuatro adultos y un niño.
- Otras unidades de convivencia con un mayor número de beneficiarios.
Si se presta atención, todas esas unidades familiares tienen en común que están conformadas por mínimo cinco personas que conviven juntas y siempre con menores de edad a cargo del titular de la prestación. Al mismo tiempo, es la cuantía máxima que puede cobrarse de IMV en 2023.
El pago de la Seguridad Social a miles de beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital en junio
Desde la Seguridad Social confirman que el pago corresponde con la mensualidad ordinaria de la prestación en este mes.
El artículo 23 del RDL 696/2018, por el que se regula el cobro del IMV, explica que se cobra a mes vencido. La mensualidad correspondiente al mes de junio correspondería ingresarlo entre el primer y cuarto día hábil del mes de julio de 2023. Como son festivos, es posible que el depósito se efectúe el lunes, 3 de julio o, incluso, el miércoles, 5 de julio.
A pesar de lo anterior, hay entidades que prefieren adelantar el ingreso de esta prestación a los últimos días hábiles del mes correspondiente, como podrían ser el jueves, 29 de junio, o el viernes, 30 de junio.
Hay que mencionar que cada entidad financiera es libre de elegir el día que decide abonar en la cuenta de sus clientes el dinero de la ayuda. Todo depende de la fecha de resolución de la prestación, como apunta la Seguridad Social a través de su canal de Twitter, ‘Atención a la ciudadanía’:
#Duda Me acaban de aprobar el IMV ¿Cuándo voy a cobrarlo? Depende de cuándo se te aprobó:
— Atención a la ciudadanía de @inclusiongob (@incluinfo) March 23, 2021
👉Si fue antes de cerrarse la nómina (10-12 de marzo), lo cobrarás el primer día hábil de abril.
👉Si fue después, lo cobrarás el primer día hábil de mayo.
⚠️El día exacto depende del banco
El beneficiario debe tener claro que no se pierde ese mes de prestación cuando se cobra por primera vez. La Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) lo abona con carácter retroactivo y en este mes ingresará dos mensualidades juntas.
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