El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) intenta proteger en la medida de lo posible a todos los ciudadanos en desempleo que al agotar la prestación contributiva (el paro) no tienen los recursos económicos suficientes para enfrentarse a su falta de trabajo. Les concede el subsidio por desempleo, pero, en muchas ocasiones, este puede ser retirado si se comete uno de los cuatro errores más graves con la administración.
En todo momento en el que se disfruta los beneficiarios tienen la obligación de cumplir con una serie de requisitos y obligaciones que, aunque son simples, deben mantenerse durante todo el tiempo que dura el derecho a la ayuda asistencial, como mantener la condición de demandante de empleo, entre otros.
A continuación, se detalla cuáles son esas infracciones de carácter muy grave y las correspondientes sanciones que impone este organismo dependiente del Ministerio de Trabajo y Economía Social.
¿Cuáles son las 4 infracciones de carácter muy grave del SEPE?
Existen cuatro situaciones con la consideración de infracción muy grave a ojos del SEPE y corresponde con las siguientes:
- Ponerse de acuerdo con el empresario o la empresaria para obtener indebidamente cualquier prestación de la Seguridad Social.
- No destinar o desviar las cantidades que se perciban de prestación por desempleo de acuerdo con lo establecido en los programas de fomento de empleo.
- Actuar fraudulentamente con el fin de obtener prestaciones indebidas o superiores a las que correspondan, o prolongar indebidamente su disfrute mediante la aportación de datos o documentos falsos, la simulación de la relación laboral y la omisión de declaraciones legalmente obligatorias u otros incumplimientos que puedan ocasionar percepciones fraudulentas.
- Compatibilizar la solicitud o el percibo de prestaciones o subsidios por desempleo, salvo en el caso del trabajo a tiempo parcial, en los términos previstos en la normativa correspondiente.
Las sanciones muy graves conlleva la perdida del subsidio por desempleo
En el caso de las prestaciones o subsidios por desempleo o de la prestación por cese de actividad de la persona trabajadora autónoma, las infracciones muy graves se sancionarán directamente con la extinción.
Al mismo tiempo, se les podrá excluir del derecho a cobrar cualquier otra ayuda económica, de fomento de empleo en un año y a participar durante ese período en formación.
A pesar de lo anterior, la administración tiene potestad para suspender dicha prestación hasta que la resolución sea definitiva. Independientemente de la imposición de la sanción, se devolverán las cantidades percibidas indebidamente.
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