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La ayuda de 500 euros por hijo que ya se puede solicitar en Madrid: requisitos, plazos y cómo pedirla

La Comunidad de Madrid ya tiene abierto el plazo para solicitar esta prestación que podrán recibir gestantes hasta la semana 21, madres que hayan tenido uno o más hijos y familias que hayan adoptado.

Isabel Díaz Ayuso, presidenta de la Comunidad de Madrid
La ayuda de 500 euros por hijo que ya se puede solicitar en Madrid: requisitos, plazos y cómo pedirla |EFE
Berta F. Quintanilla
Fecha de actualización:
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La Comunidad de Madrid ha activado las ayudas económicas de 500 euros al mes por hijo que podrán cobrar también las embarazadas desde el quinto mes de gestación y dura hasta que los niños cumplan dos años. Esta prestación se sumaría a la ayuda para familias que ya presentó el Ayuntamiento de Madrid de hasta 1.000 euros sin límite de rentas. La intención de estas medidas de apoyo económico presentadas tanto por la administración local como en la autonómica de Isabel Díaz Ayuso es apoyar y fomentar la natalidad, especialmente entre los jóvenes.

De este modo, en la web comunidad.madrid ya aparecen los requisitos, cuantía, plazos y documentación necesaria para poder cobrar esta ayuda económica. Son 500 euros al mes que podrán recibir las mujeres de menos de 30 años que estén embarazadas, hayan dado a luz o adoptado en la Comunidad de Madrid. El dinero podrá comenzar a recibirse en el quinto mes de gestación y terminará cuando los niños cumplan dos años. 

“La familia es la institución básica sobre la que se asienta nuestro modelo de convivencia”, aseguran en la web de la Comunidad de Madrid, “desde enero de 2022 las madres menores de 30 años con rentas inferiores a 30.000 euros recibirán 500 euros mensuales desde el quinto mes de embarazo hasta que el niño cumpla 2 años”.

Requisitos para cobrar la ayuda de 500 euros al mes

Los interesados en cobrar esta ayuda económica deberán comprobar primero que cumplen con los requisitos que ha impuesto la Comunidad de Madrid. En este sentido, los solicitantes deberán:

  • Ser gestantes a partir de la semana 21 de embarazo a partir del 1 de enero de 2022.
  • Madres que han dado a luz, incluidos los partos múltiples, a partir del 1 de enero de 2022.
  • Personas que hayan adoptado a un menor, sin límite de edad para el niño.

Además, tendrán que ser españoles o extranjeros con residencia legal en España, tener 30 años o menos, residir y estar empadronado en algún municipio de la Comunidad de Madrid en el momento de la solicitud y al menos durante 5 años, no superar los 30.000 euros de renta en tributación individual o los 36.200 euros anuales en conjunta. Y para terminar, no deberán estar dentro de alguna de las prohibiciones de cobrar ayudas, que se pueden consultar en la Ley 38/2003 del 17 de noviembre.

Documentación a presentar y cómo solicitar la ayuda

Los documentos que hay que presentar para poder pedir y cobrar la ayuda de 500 euros al mes para embarazadas y niños hasta dos años son:

  • Certificado de empadronamiento.
  • Documento Nacional de Identidad o documento identificativo válido en territorio español.
  • Declaración del IRPF.
  • Declaración responsable.
  • Certificado de nacimiento.
  • Informe médico de gestación. 

Para presentar la solicitud hay que acudir a la oficina de registro a través de los ayuntamientos que estén adheridos a la Ventanilla Única. También se podrá hacer en las oficinas de registro de la AGE (Administración General del Estado) o por correo certificado aunque hay que tener en cuenta que la fecha que será tenida en cuenta como inicio de la prestación es la solicitud que consta en el registro.

Cuando se disponga de certificados electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid, se podrá hacer este trámite online a través del Registro Electrónico.