
En plena época de bodas, Hacienda tiene un importante aviso para las parejas que se casan este año. En una ocasión tan especial, es común que los recién casados reciban regalos, que a menudo incluyen sumas de dinero. Para evitar posibles problemas con la Agencia Tributaria es crucial recordar que estos regalos se consideran una donación y, por tanto, deben ser declarados y tributados.
En este contexto, es fundamental llevar un control del dinero que se ha recibido, ya que de lo contrario si se superan ciertos límites y no se informa a Hacienda, esta puede imponer sanciones, y uno de los días más felices que recordar puede terminar saliendo caro.
Pese a que la forma tradicional de dar el dinero a los novios es un sobre con dinero en efectivo, cada vez son más los que se animan a facilitar a sus invitados un número de cuenta para recibir una transferencia o a que los regalos se hagan a través de Bizum. Sea como sea, Hacienda vigila estos movimientos, sobre todo si superan ciertas cantidades, por lo que conviene revisar cuáles son los límites para evitar problemas.
Límite del dinero que te pueden regalar en una boda sin tener que declarar a Hacienda
Al igual que pasa en las comuniones, u otro tipo de donaciones, el dinero recibido como regalo en una boda, se considera una donación y debe tributar por el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (Ley 29/1987).
Pese a que este impuesto está gestionado por las Comunidades Autónomas y los importes a pagar varían en función del lugar de residencia, la ley sí que establece que todas las cantidades recibidas deberían ser declaradas.
No obstante, Hacienda principalmente se enfoca en vigilar aquellas operaciones que superen los 3.000 euros o que se realicen con billetes de 500 euros.
Si los regalos se reciban a través de una transferencia, la Agencia Tributaria lo tiene si cabe más fácil para detectar estos movimientos de dinero, y existen ciertos límites. En este sentido los propios bancos son un aliado, ya que están obligados a informar a hacienda cuando se superen los 6.000 euros.
Esto no quiere decir que no se puedan recibir transferencias por este importe, sino que habría que informar sobre estos movimientos, según lo establecido en la Ley de Blanqueo de Capitales.
En el caso de los Bizum, también se deben considerar estos límites, aunque la aplicación tiene un importe máximo por operación de 1.000 euros.
Por último cabe destacar que los regalos en especie también hay que declararlos aunque lo habitual es que el importe de la tributación sea menor.
Sanciones por no tributar los regalos en el Impuesto de Donaciones
La normativa del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, establece que las sanciones por no declarar dichas cantidades aplicarán en virtud de lo establecido en la Ley General Tributaria.
Dependiendo de si la infracción se considera, leve, grave o muy grave, estos serán los porcentajes a aplicar en las multas:
- Para infracciones leves de hasta 3.000 euros no declarados, se aplicará el 50% de la cantidad de la que no se ha informado.
- Para infracciones graves de más de 3.000 euros no declarados, las sanciones oscilarán entre el 50% y el 150% de la cantidad omitida.
- Para infracciones muy graves, con prácticas fraudulentas, las multas pueden alcanzar hasta el 150% de la cantidad no declarada.

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