El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) es el encargado de gestionar los subsidios, ayudas y prestaciones a todos aquellos trabajadores en situación de desempleo. En el caso de los desempleados con cargas familiares que tras agotar la prestación contributiva estén sin trabajo, pueden solicitar un subsidio por desempleo de 480 euros al mes y con una duración de hasta 30 meses (2 años y seis meses).
Esta ayuda es conocida como el subsidio por ayuda familiar y que no hay que confundir con el subsidio por insuficiencia de cotización. A la ayuda familiar se tiene acceso cuando se ha agotado el paro, mientras que el subsidio por cotización insuficiente se accede cuando no se tiene derecho a paro, pero se ha cotizado un mínimo de 90 días por desempleo. Así, lo explican desde al web del SEPE.
Los desempleados que quieran acceder a esta ayuda se deberán cumplir una serie de requisitos, ya que son consideradas como “ayudas asistenciales” es decir, destinadas a personas sin trabajo y con bajos recursos económicos.
Requisitos para el subsidio
Para acceder al subsidio por desempleo para desempleados con cargas familiares es necesario reunir una serie de condiciones exigidas por el SEPE. Estas son:
- Estar desempleado.
- Haber agotado la prestación contributiva por desempleo.
- Estar inscrito/a durante al menos un mes desde el agotamiento de la prestación por desempleo.
- En el momento de presentar la solicitud, aceptar las condiciones del compromiso de actividad (no rechazar ofertas de empleo, acudir a las llamadas de SEPE o realizar la búsqueda activa para el empleo).
- Contar con responsabilidades familiares. Se entiende por carga familiar hijos menores a cargo o hijos menores de 26 años con una discapacidad reconocida.
- No percibir rentas superiores al 75% del salario mínimo interprofesional (SMI), sin contar la parte proporcional de dos pagas extraordinarias. En 2023, son 810 euros al mes.
Duración de la prestación
La ayuda familiar tiene una duración que va desde los 18 meses y hasta los 30 meses. La duración dependerá de la edad del desempleado y los meses consumidos de prestación por desempleo a nivel contributivo:
- Si es desempleado menor de 45 años y ha agotado un paro menor a cuatro meses, le corresponden 18 meses de subsidio (1 año y seis meses).
- Si el desempleado es menor de 45 años, pero ha agotado un paro superior a cuatro meses, le corresponden 24 meses de subsidio (dos años).
- Para desempleados mayores de 45 años y que hayan consumido un paro inferior a cuatro meses podrán cobrar este subsidio durante 24 meses (dos años).
- Si son parados mayores de 45 años y el paro consumido es superior a cuatro meses, el subsidio será de 30 meses (dos años y seis meses).
Este subsidio se concede por periodos de seis meses y en el caso de agotarse deberá de renovarse el subsidio hasta encontrar empleo o agotar la duración máxima de subsidio según la situación.
Cuantía de la prestación
Este, al igual que el resto de subsidios por desempleo tienen una duración equivalente al 80% del indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM). En 2023, esta cuantía se sitúa en los 480 euros por mes. En el caso de que el último contrato de trabajo fuera a jornada parcial, la cuantía del subsidio se verá reducida en el mismo porcentaje. Así, si se trabajo a media jornada (50%), el subsidio en este caso será 240 euros por mes.
Cómo solicitar la ayuda de 480 euros del SEPE
Para solicitar este subsidio hay que esperar un mes después de agotar la prestación contributiva por desempleo. Una vez cumplido ese plazo conocido habrá un plazo de 15 días hábiles para solicitarlo. La solicitud puede hacerse a través de la sede electrónica del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), en la oficina de prestaciones (con cita previa), por correo administrativo o en cualquier oficina de registro público.
La documentación necesaria para solicitar el subsidio es la siguiente:
- Modelo oficial de solicitud (disponible en este enlace).
- Identificación del solicitante, cónyuge e hijos a cargo, a través del DNI o TIE.
- Documento bancario en el que figure el número de cuenta de la cual sea titular y donde desee percibir la prestación.
- Libro de Familia o equivalentes.
- Certificado de empresa en el que se acredite la situación legal de empleo.
- Justificante de las rentas, si es requerido.
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