El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) es el encargado de gestionar todas las prestaciones y subsidios por desempleo, los cuales tienen una cuantía y duración determinada dependiendo de la situación económica y familiar de cada solicitante. Entre estas ayudas destaca una cuya duración es ilimitada. Esta es el subsidio para mayores de 52 años, una ayuda mensual de 480 euros dirigida a aquellas personas que, por su edad, encuentran más dificultades para reincorporarse al mercado laboral.
Además, este subsidio cotiza para la pensión de jubilación. Exactamente, cotizará por el 125% de la base mínima vigente. Según la Seguridad Social, la base mínima de cotización para 2024 está fijada en los 1.323 euros, por lo que este subsidio indefinido cotizará por una base de 1.653,75 euros mensuales, lo que ayudará a que, de cara a la jubilación, la cuantía no se vea tan afectada.
A esta se accede cuando tras agotar la prestación contributiva por desempleo (comúnmente conocida como el paro) o que sin tener derecho a esta, se tiene cotizado entre 90 y 359 días por desempleo, tal y como explican desde el SEPE. Ahora, para cobrar esta ayuda de carácter ilimitado es necesario cumplir otra serie de requisitos.
En el caso de no cumplir con estos, el SEPE ofrece otro tipo de ayudas como es el subsidios para mayores de 45 años o la ayuda familiar, pero teniendo en cuenta que estos quedarán derogados a partir de 1 de noviembre. A partir de esa fecha se podrá acceder al nuevo subsidio por agotamiento de la prestación contributiva, que contará con una mayor cuantía, duración y mejorar la accesibilidad a los menores de 45 años sin cargas familiares.
Requisitos para cobrar el subsidio indefinido
Para solicitar el subsidio para mayores de 52 años, es imprescindible cumplir con una serie de requisitos establecidos por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). En primer lugar, es necesario tener 52 años o más y haber agotado la prestación contributiva por desempleo o, en su defecto, haber cotizado entre 90 y 359 días por desempleo. Además, el solicitante debe estar inscrito como demandante de empleo.
Otro de los requisitos es, que las rentas o ingresos del solicitante no superen el 75 % del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), lo que en la actualidad se traduce en un límite de 850,50 euros mensuales.
Además de estos criterios generales, es necesario cumplir con otros requisitos que son específicos de esta prestación para desempleados mayores de 52 años. En primer lugar, el solicitante debe cumplir todos los requisitos, excepto la edad, para acceder a la pensión contributiva de jubilación de la Seguridad Social. Esto implica haber cotizado al menos 15 años a lo largo de su vida laboral, de los cuales al menos dos años deben estar dentro de los últimos 15 años previos a la solicitud.

Asimismo, el solicitante debe haber cotizado al menos seis años por desempleo. Según explica el SEPE, cotiza al desempleo «todos los trabajos realizados como persona trabajadora por cuenta ajena, incluida como tal en el Régimen General de la Seguridad Social, en el Sistema Especial Agrario o en el Régimen de Trabajadores del Mar y también los contratos de formación».
Cuantía y duración
El subsidio para mayores de 52 años tiene una cuantía mensual que corresponde al 80 % del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) vigente cada año. Actualmente, esta cantidad es de 480 euros al mes. Como sucede con otras ayudas gestionadas por el SEPE, este subsidio se distribuye en 12 pagas, sin derecho a pagas extras.
Con la reforma de los subsidios por desempleo introducida por el Real Decreto-ley 2/2024, y que entrara en vigor este 1 de noviembre los subsidios por desempleo verán incrementadas las cuantias de manera inicial, pero que se reducirán conforme vayan pasando los meses. En este sentido, el subsidio para mayores de 52 años mantendrá su importe del 80 % del IPREM, sin modificaciones, es decir, que no verá modificada la cuantía.
La duración de este subsidio se extiende hasta que el beneficiario encuentre empleo o hasta que alcance la edad ordinaria de jubilación necesaria para acceder a la pensión contributiva en el sistema de la Seguridad Social, la cual varía en función de los años cotizados. En este caso, para seguir percibiendo la ayuda de manera indefinida, es obligatorio presentar cada año una declaración anual de rentas o DAR, para que el SEPE verifique que se sigue cumpliendo con los requisitos que dieron lugar al subsidio.

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