
La Agencia Tributaria es la encargada de velar por el cumplimiento de las obligaciones fiscales en España y cuenta con mecanismos para detectar y sancionar a quienes incumplen la normativa tributaria. Tiene la facultad de investigar a cualquier contribuyente que no declare sus ingresos, es decir, cobrar dinero en negro o rentas que no se comunican a Hacienda. En estos casos, puede imponer sanciones económicas, cuya cuantía dependerá de la gravedad de la infracción.
No abonar los impuestos de los ingresos obtenidos, ya sea por trabajo o actividad económica por muy pequeña que sea la cuantía, es una infracción que puede conllevar fuertes penalizaciones. Hacienda entiende de la existencia de rentas no declaradas cuando detecta actividad económica sin tributar, lo que conlleva una regularización y una posible sanción que puede alcanzar hasta el 150% del IRPF dejado de pagar, dependiendo de la intencionalidad del contribuyente y del grado de ocultación.
Estas situaciones se encuentran reguladas Ley General Tributaria (LGT), específicamente en sus artículos 191 y 195, donde se establecen las infracciones tributarias y sus respectivas sanciones según el nivel de gravedad.
Multas por no declarar ingresos a Hacienda
La Ley 58/2003, General Tributaria (que se puede consultar en este Boletín Oficial del Estado), regula como se deben de regular los ingresos no declarados y las sanciones correspondientes al fraude. Concretamente, el artículo 191 de esta ley distingue entre distintos grados de infracción cuando un contribuyente omite la declaración de rentas sujetas a tributación.
Si un contribuyente omite declarar ingresos sin que haya indicios de ocultación ni fraude, la sanción será del 50% del IRPF no pagado. Por otro lado, se considera una infracción grave cuando se demuestra la ocultación de ingresos, como el uso de facturas falsas o cobrar en dinero negro, ya sea el sueldo completo o una parte en concepto de horas extras o vacaciones no declaradas. En estos casos, la sanción puede oscilar entre el 50% y el 100% de la cantidad defraudada.
Si el fraude es reiterado y se utilizan sociedades u otros mecanismos para ocultar los ingresos, la Agencia Tributaria puede imponer una sanción de hasta el 150% del IRPF no declarado.
Para entenderlo mejor, supongamos que se trabaja en una empresa y recibe un sueldo de 1.500 euros mensuales, pero el jefe paga 300 euros adicionales en efectivo por horas extras y vacaciones, sin reflejarlo en la nómina ni en la declaración de IRPF. Hacienda detecta esta irregularidad y determina que Carlos no declaró 3.600 euros en un año (300 euros por 12 meses). Como el pago en negro fue intencionado, la infracción se considera grave y la sanción puede oscilar entre el 50% y el 100% de la cantidad defraudada. En este caso, la Agencia Tributaria le impone una multa del 75% sobre los 3.600 euros, lo que equivale a 2.700 euros de sanción, además del pago del IRPF pendiente e intereses de demora.
No solo eso, la empresa también se enfrentaría a una multa de entre 7.501 y 225.018 euros por trabajador por no declarar correctamente las cotizaciones, además de la obligación de pagar las cuotas a la Seguridad Social que no abonó en su momento.
Casos en los que Hacienda puede aplicar esta multas
Estas prácticas son más comunes de lo que parece. Entre los casos más habituales está el empleo de trabajadoras del hogar sin darlas de alta en la Seguridad Social y el pago de salarios en negro. También es frecuente que algunos trabajadores cobren en negro parte de su sueldo en concepto de horas extras o vacaciones no disfrutadas. En el caso de los autónomos, algunos emiten facturas sin declararlas a Hacienda, práctica conocida como cobrar en B.
También existen otras situaciones fuera del ámbito laboral en las que los ciudadanos obtienen ingresos de actividades económicas no declaradas, como pueden ser dar clases particulares, la compraventa de productos o ingresos obtenidos por internet, entre otros.
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