Hacienda tiene pendiente abonar la devolución del impuesto de la renta de las personas físicas (IRPF) a 3.354.616 contribuyentes, según datos del mes de julio, lo que supone uno de cada cinco de los que presentaron declaración de la Renta con resultado favorable siguen pendientes de cobrar. La Agencia Tributaria se encuentra dentro del plazo legal para efectuar el ingreso, que finaliza el 1 de enero de 2026, pero esto significa que una parte significativa de los afectados podría no ver el dinero hasta final de año.
Según explican desde TawDown el artículo 103 de la Ley del IRPF establece que las devoluciones deben realizarse en un máximo de seis meses desde la finalización del periodo de presentación, que en 2025 concluyó el 30 de junio. Si transcurrido este plazo Hacienda no ha hecho la devolución, esta obligada a pagar intereses de demora del 4,0625% anual, calculados desde el día siguiente al vencimiento hasta la fecha de pago efectivo.
Motivos por los que aún no se han realizado los pagos
Los expertos fiscales explican que hay varias razones por las que Hacienda puede no haber hecho las devoluciones de la declaración de la Renta a cada contribuyente, siendo el principal motivo que las mismas se encuentran en proceso de comprobación o revisión.
Estas revisiones que se están haciendo desde la oficina de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT) puede incluir el contraste de datos declarados con la información que posee la Agencia Tributaria o la comprobación de deducciones estatales y autonómicas.
En el caso de la revisión de los trabajadores autónomos también puede implicar que se estén analizando de manera detallada los ingresos y gastos declarados
Además, en el cado de que se detecten errores en la información facilitada o deducciones no justificadas, obligaría a la administración a ampliar los plazos de revisión.
Cómo saber en qué estado está la devolución
El seguimiento de la solicitud se puede realizar a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria, accediendo con certificado digital, Cl@ve PIN o número de referencia. Entre los mensajes más habituales que aparecen figuran: “Su declaración se está tramitando”, “Su declaración está siendo comprobada” o “Su declaración ha sido tramitada por los órganos de Gestión Tributaria”.
Tras finalizar la revisión de la declaración de la Renta por parte de Hacienda, la misma puede resolverse de tres maneras diferentes:
- Confirmando del importe solicitado, procediendo al pago completo.
- Reduciendo de la cantidad a devolver, en cuyo caso los intereses solo se aplican sobre la cifra final reconocida.
- Cambiando el resultar resultado a ingresar (es decir el contribuyente tiene que pagar), que podría conllevar sanciones según el tipo de error detectado.
Sea cual sea el resultado de la resolución de Hacienda, el contribuyente recibirá notificación oficial con el resultado de la misma y, si corresponde, el cálculo de los intereses de demora que Hacienda deberá abonar.

