
Aunque el dinero en efectivo cada vez se usa menos, por el repunte del uso de las tarjetas de crédito para realizar pagos, este tipo de operaciones siguen bajo la lupa de Hacienda. Concretamente, la Agencia Tributaria tiene establecidos una serie de límites para pagar con efectivo y superarlo puede ser motivo de sanción.
Uno de los motivos por los que la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT) vigila las operaciones que se realizan con dinero en efectivo, es el de prevenir el fraude fiscal y el blanqueo de capitales. Por ello, la Ley 7/2012, de 29 de octubre, establece en su artículo 7 las limitaciones a los pagos en efectivo.
Límites de Hacienda para realizar operaciones en efectivo
La citada ley establece las siguientes limitaciones a los pagos en efectivo:
- 1.000 euros o su contravalor en moneda extranjera, cuando alguna de las partes intervinientes actúe en calidad de empresario o profesional.
- 10.000 euros o su contravalor en moneda extranjera cuando el pagador sea una persona física que justifique que no tiene su domicilio fiscal en España y no actúe en calidad de empresario o profesional.
La ley entiende que estas cantidades hacen referencia los medios de pago señalados en el artículo 34.3 de la Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo, que son:
- Papel moneda y la moneda metálica, nacionales o extranjeros.
- Efectos negociables o medios de pago al portador.
- Tarjetas prepago.
- Materias primas utilizadas como depósitos de valor de gran liquidez, como el oro.
Ley 7/2012, establece algunas excepciones a las limitaciones del dinero en efectivo y será en el caso de los pagos e ingresos que se realicen en entidades financieras o bajo la supervisión del Banco de España y a las operaciones de cambio de moneda en efectivo realizadas por los establecimientos de cambio de moneda.
Multas de más de 2.500 euros por superar los límites de Hacienda al realizar pagos en efectivo
Según la Ley 7/2012, de 29 de octubre, serán infractores tanto las personas que paguen como las que reciban el dinero en efectivo, incumpliendo la limitación establecida.
Si se considera una infracción grave, cuya base de cálculo será la cuantía pagada en efectivo, la multa corresponde al 25% de dicha base. Por lo que, las multas podrían partir de los 250 euros, y ser superiores a los 2.500 euros si se supera el límite de los 10.000 euros.
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