Cuando se recibe una herencia, una de las preocupaciones de los herederos es tener que hacer frente al pago del impuesto sobre sucesiones y donaciones para recibir el legado de la persona fallecida. Este tributo es de carácter autonómico y su importe no es igual en todas las regiones de España, no teniéndose que pagar nada en algunas Comunidades Autónomas o haciéndolo por un importe simbólico.
Esto se debe a que el Gobierno de cada comunidad puede establecer una serie de bonificaciones sobre este impuesto, y son muchas las que hasta a la fecha llegan aplicar a los herederos bonificaciones de hasta el 100% dependiendo de su grado de parentesco con el fallecido.
Según explican desde la Agencia Tributaria a través de su web, el porcentaje correspondiente de este impuesto es de entre el 7,65% y el 34% y dependiendo de las regiones en las que se tribute se aplicarán las mencionadas bonificaciones.
Bonificaciones al impuesto sobre sucesiones según la Comunidad Autónoma
Hay que tener en cuenta, que las bonificaciones que aplican las diferentes autonomías dependerán, en la mayoría de casos del grado de parentesco que se tengan con la persona fallecida. De este modo serán, en gran parte de las regiones los herederos de los grupos I y II los que se beneficien de ellas.
En estos grupos se incluyen a los descendientes o adoptados menores de 21 años y a los cónyuges, ascendientes o adoptantes, y descendientes o adoptados mayores de 21 años, respectivamente.
Estos son las bonificaciones que actualmente se aplican a los herederos en cada comunidad:
Andalucía
Los grupos I y II no pagarán impuestos para herencias de menos de 1 millón de euros. Las que superen dicho importe tendrán que tributar.
Aragón
Se bonificará el 65% para herencias que no superen los 100.000 euros.
Asturias
Para herencias inferiores a 300.000 euros estarán exentos los herederos de los grupos I y II y una bonificación del 99% en las víctimas de violencia de género.
Cantabria
Los descendientes, cónyuges y ascendientes recibirán bonificaciones de entre el 90% y el 99%. Esta cuantía se verá reducida al 25% en el que caso de que hereden otros familiares.
Castilla - La Mancha
Los menores de 21 años, cónyuges, ascendientes y descendientes podrán aplicarse una bonificación del 100% al recibir la herencia siempre y cuando el importe de la misma no supere los 300.000 euros. A partir de esa cantidad la bonificación será del 80%
Castilla y León
Reducción en la base imponible de entre 400.000 y 300.000 euros en los casos de descendientes y adoptados, cónyuges, ascendientes y adoptantes y 300.000 euros
Cataluña
En herencias que no superen los 100.000 euros, los cónyuges y descendientes menores de 21 años estarían exentos, si el heredero fuera un nieto, estará exento de este impuesto, siempre que el importe de la herencia no supere los 50.000 euros
En el caso de que el heredero tenga cualquier otro tipo de parentesco, tendrá que abonar el impuesto correspondiente sin ningún tipo de bonificación.
Extremadura
Los herederos de los grupos I y II recibirán una bonificación del 99%.
Galicia
Los herederos del grupo II estarán exentos hasta un límite de 400.000 euros.
Islas Canarias
Los descendientes, cónyuges y otros familiares obtendrán una bonificación del 99%.
Islas Baleares
Desde 2023, los ascendientes, cónyuges y descendientes tienen una bonificación del 100%.
En el caso de que se trate de hermanos, tíos o sobrinos, se aplicará un 25%, que ascenderá a un 50% en el caso de que el fallecido no tuviera descendencia.
La Rioja
Bonifican con el 99% a todos los herederos, independientemente del grupo al que pertenezcan y el importe de la misma.
Madrid
Los familiares directos tienen una bonificación del 99%, en el caso de los hermanos serán del 15% y si los herederos son sobrinos del 10%.
Para hermanos, tíos y sobrinos por consanguinidad, la comunidad aplica una bonificación del 25% que se ampliará al 50% el próximo año.
Murcia
99% de bonificación para los herederos de los grupos I y II.
Navarra
Para herencias por debajo de los 250.000 euros la reducción para los herederos es del 100%. Este importe se verá reducido al 80% para herencias que superen esta cantidad.
País Vasco
Si la cuantía es menor a 400.000 euros los descendientes, ascendientes y cónyuge, estarán exentos.
En el caso de heredar una cuantía mayor, el importe del impuesto será del 1,5%
Valencia
Para cónyuges, ascendientes y descendientes la bonificación será del 99%.
Alternativas para recibir la herencia si no se tiene dinero para pagar el impuesto sobre sucesiones y donaciones
Pese a estas bonificaciones, no todos los herederos pueden aplicarlas o no tienen los disponibles los fondos suficientes para hacer frente al importe que tienen que pagar. En este caso son muchos lo que optan por rechazar la herencia, pero antes de hacerlo deben saber que existen algunas alternativas para poder aceptar la herencia.
Entre ellas, existen varias opciones que se explican en este enlace, entre las que se encuentran: pagar el impuesto con el dinero de la herencia, aplazar o fraccionar el pago, e incluso pedir un préstamo al banco.
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