
Con la entrada del Real Decreto–ley 16/2022, las empleadas del hogar cotizan bajo el Régimen General y con ello, derecho a acceder a las prestaciones y subsidios por desempleo que gestiona el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).
Hasta el momento, cotizaban bajo el Régimen Especial de las Empleadas del Hogar, por el cual no tenían derecho a solicitar la prestación por desempleo ni ningún subsidio, así como la imposibilidad de cotizar para la pensión contributiva de jubilación.
Ahora y desde el pasado mes de septiembre, las empleadas domésticas ya cotizan bajo el Régimen General. De esta forma, pueden acceder al subsidio tras agotar su prestación contributiva. Pero ¿a qué subsidios tienen derecho y cuáles son los requisitos que deben reunir?
Tras consumir la prestación por desempleo son tres subsidios ordinarios (ayuda familiar, subsidio para mayores de 52 años y 45 años) y dos ayudas extraordinarias (subsidio extraordinario por desempleo y Renta Activa de Inserción) a las que pueden acceder las empleadas de hogar tras agotar el paro. Primeramente, se debe solicitar los subsidios ordinarios y tras consumir estos, si no se encontrara empleo, se deberá acceder a las ayudas extraordinarias.
La duración de cada uno de ellos puede consultarse en la propia web del SEPE.
Requisitos
Los requisitos básicos para acceder a cualquier subsidio por desempleo son esta estar en una situación de desempleo y estar inscrito como demandante de empleo.
Por otro lado, será necesario carecer de rentas propias superiores al 75 % del salario mínimo interprofesional, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias. Este requisitos debe mantenerse mientras dure todo el periodo de percepción del subsidio.

Ahora en el caso del subsidio para mayores de 52 años y para acceder a él, la solicitante deberá haber cotizado por jubilación quince años y que dos de los cuales hayan sido durante los últimos quince años. Además, que de esos 15 años, al menos seis sean por desempleo, es decir cotizados bajo el Régimen General.
Cuantía
La cuantía para todos los subsidios por desempleo es de 480 euros al mes. Esta cuantía corresponde con el 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), que se sitúa para este 2023 en los 600 euros mensuales.
Esta prestación se abona de forma mensual cada 30 días. El abono se realiza en la cuenta bancaria del beneficiario entre los días 10 al 15 de cada mes desde la aprobación de la ayuda.
Todos los subsidios por desempleo pueden solicitarse a través de la Sede Electrónica en la oficina de prestaciones, tras la obtención de cita previa en la sede electrónica del SEPE o por teléfono (91 926 79 70).

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