Menos de un mes para que arranque la Campaña de la Renta y miles de contribuyentes se hacen la misma pregunta: ¿tengo que presentar la declaración de la Renta? Es una duda que pueden tener las personas que no han recibido ingresos durante 2022 (el ejercicio que toca declarar este año) y que quieren conocer cuáles son sus obligaciones con la Agencia Tributaria antes de presentar el borrador.
Tienen que hacer la declaración de la Renta las personas con ingresos por encima de los 22.000 euros en 2022, procedentes de un único pagador. También los que han ganado más de 14.000 euros de dos o más pagadores, siempre y cuando la suma de los ingresos del segundo y el resto supere los 1.500 euros brutos anuales (la ampliación a los 15.000 euros, en este último caso, no se aplica en la declaración de la Renta 2022, sino que tendrá efectos a partir de 2023). Por ello, si no se tienen ingresos, no se tendría que presentar.
Ahora bien, hay excepciones. Por ejemplo, Hacienda determina que todos los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital (IMV) deben presentarla, independientemente de la cuantía de sus ingresos. También es importante comprender qué se entiende por ingresos. Algunos contribuyentes entienden que estos solo hacen referencia al salario, pero la Agencia Tributaria se fija en cualquier ganancia (a excepción de las rentas exentas), como las percibidas por algunas ayudas económicas o el pago de un alquiler (si se tienen propiedades alquiladas).
¿Conviene hacer la declaración de la Renta si no se tienen ingresos?
También puede darse el caso de que, aunque no se esté obligado a hacer la declaración de la Renta, sí que interese presentarla. Ocurre cuando el resultado sale ‘a devolver’, esto es, cuando Hacienda tiene que devolvernos dinero porque se ha producido un exceso de retención. También puede interesar cuando podemos aplicarnos deducciones, ya sean autónomos o estatales.
Para salir de dudas, y saber si interesa o no presentarla, lo mejor es consultar el borrador. Esta opción estará disponible a partir del 11 de abril, cuando comienza la Campaña de la Renta. Para poder descargarlo, las personas interesadas tienen que entrar a la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria, accediendo al apartado “Servicio tramitación de borrador / declaración (Renta WEB)”.
Una vez dentro, para completar el borrador y ver si la declaración de la Renta sale a devolver o a pagar, hay que registrarse con sistema Clave o con el número de referencia, que se obtiene revisando la casilla 505 de la anterior declaración. En caso de que la misma esté vacía, se podrá acceder con el número IBAN de la cuenta bancaria. Si interesa presentarla, porque Hacienda tenga que devolvernos dinero, solo habría que guardar y presentarlo de forma definitiva.
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