Hacienda devuelve 300 euros y 1.500 si tienes tres hijos menores de 25 años: así lo puedes reclamar

Para acceder a este beneficio fiscal es necesario cumplir una serie de requisitos.

Hacienda devuelve 300 euros y 1.500 si tienes tres hijos menores de 25 años: así lo puedes reclamar
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Francisco Miralles

La Campaña de la Renta y Patrimonio del 2023 comenzó el pasado miércoles 3 de abril con la presentación de las declaraciones por Internet y se prolongará hasta el 1 de julio, según el calendario publicado por la Agencia Tributaria. Mientras que a algunos la declaración les saldrá a devolver, a otros le tocará ingresar dinero a Hacienda.

Para aquellos a los que le toque pagar, tengan hijos y aún no hayan presentado el borrador de la Renta es conveniente esperar antes de presentarlo. Es posible que las deducciones autonómicas y estatales a las que se tiene derecho todavía no se hayan incluido.

En el caso de las autonómicas, la web de la Agencia Tributaria recoge cuáles son los beneficios fiscales a los que se tiene derecho. Para acceder a ellos, será necesario acreditar la residencia efectiva y legal en la Comunidad Autónoma, así como llevar al menos 183 días viviendo en la comunidad durante el ejercicio fiscal.

Ahora, la mayoría de comunidades tienen una serie de deducciones enfocadas en los principales gastos, que son los hijos, los pagos del alquiler o el cuidado de personas mayores.

Deducción por hijos de hasta 1.500 euros

Por ejemplo, en Asturias, el Gobierno del Principado ofrece una deducción específica para familias con hijos llamada "cuidado de un menor de 25 años". Con este beneficio, los padres pueden deducir 300 euros (150 cada uno) por el primer hijo y 600 euros por cada hijo adicional. Esto significa que podrías recibir un reembolso de 900 euros si tienes dos hijos y 1.500 euros si tienes tres.

Las cuantías, según detalla la Agencia Tributaria en su portal web, quedaría de la siguiente forma:

  • 300 euros por el primer descendiente de hasta 25 años que tenga derecho al mínimo por descendientes, según el artículo 58 de la Ley del IRPF.
  • 600 euros por el segundo y posteriores descendientes.

Esta deducción se seguirá aplicando hasta que el hijo alcance los 26 años, incluso si no tiene derecho al mínimo por descendientes, siempre y cuando se cumpla con los otros requisitos establecidos en el artículo 58 mencionado.

Cuando el hijo cumpla 26 años, la deducción se calculará de manera proporcional según el número de meses en que cumpla los requisitos establecidos en este artículo. Los siguientes años ya se dejará de percibir. Solo se considerarán los meses anteriores al cumplimiento de los 26 años.

Requisitos

Para acceder a la deducción para hijos menores de 26 años es necesario cumplir con los siguientes requisitos:

  • Que la suma de las bases imponibles general y del ahorro no exceda de 35.000 euros en tributación individual o de 45.000 euros en tributación conjunta.
  • Que los padres, adoptantes o tutores convivan con el hijo.
  • La convivencia debe ser verificada en la fecha de devengo del impuesto.
  • Si hay más de un contribuyente con derecho al beneficio fiscal, la deducción se dividirá equitativamente entre ellos, aplicándose solo a quienes cumplan las condiciones para ser beneficiarios.

La deducción por hijos descendientes será incompatible con la deducción por gastos de descendientes en centros de cero a tres años.

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