Equivocarse en la declaración de la Renta, una de las gestiones más complejas del año para algunos contribuyentes, puede llegar a ser motivo de preocupación, ya sea antes o después de hacerla. ¿Cómo corregir un error si ya la hemos presentado? ¿Cuáles son los plazos y las sanciones?
Así, sobre esta situación, vale decir que aquellos contribuyentes que se hayan equivocado al presentar la declaración de la Renta del ejercicio actual o de uno anterior no prescrito, tienen la oportunidad de modificarla presentando una rectificación o una declaración complementaria.
La declaración de la Renta se puede corregir
Cierto es que los contribuyentes tienen la responsabilidad de corregir cualquier error u omisión en la declaración de la Renta. Desde la Agencia Tributaria detallan cómo modificar la declaración de forma telemática a través de Renta Web, estableciendo dos supuestos:
- Si los errores u omisiones causan un perjuicio al contribuyente porque la cantidad a devolver es mayor, o menor a la cantidad a ingresar, se puede solicitar la rectificación de la declaración que presentamos.
- Si los errores u omisiones causan un perjuicio a la Hacienda Pública porque la cantidad a devolver deber ser menor, o mayor la cantidad a ingresar, debemos presentar una declaración complementaria. También se debe utilizar esta vía en caso de haber perdido el derecho a una deducción, reducción o exención ya aplicada en una declaración anterior.
En esas, uno de los principales riesgos de hacer mal una declaración es que la Agencia Tributaria imponga una sanción. Aunque los errores más simples, como un dato incorrecto o incompleto, pueden parecer inofensivos, Hacienda no duda a la hora de poner multas. La más común en estos casos, tal y como advierten desde Taxdown, es de hasta 250 euros, si el error no implica un intento de fraude.
Sanciones económicas
De hecho, uno de los errores más comunes es tener alguna deducción errónea. En este caso, si Hacienda considera que la errata es grave, la multa será del 15% de la cantidad que recibamos. En caso de que se incluya alguna información falsa o se omitan datos importantes la multa puede llegar a los 300 euros.
Por su parte, si se han utilizado facturas, justificantes o documentos falsos para que la declaración salga favorable también conlleva sanciones. Si lo favorable es más de 3.000 euros esto supone una sanción entre el 50% y 100% del importe.
Pero la cosa no queda ahí. Porque solo por el hecho de escribir un dato incorrecto en la declaración se nos puede penalizar. Por ello siempre es recomendable revisar muy bien los datos y la información antes de presentar el trámite. Si este error se vincula con que el contribuyente ha cambiado algo y no lo ha especificado, Hacienda puede multar con 100 euros.
En el caso de que sea otro tipo de datos incompletos o alguna errata, la sanción sería de hasta unos 150 euros. Asimismo, si la declaración sale a devolver o da cero y el contribuyente informa de este fallo a la Agencia Tributaria, se nos ingresará lo que corresponda, pero habrá una sanción de 100 euros. Si es Hacienda la que se da cuenta del error, se devolverá el dinero con una multa de 200 euros.
En todo caso, si se corrigen los errores de forma voluntaria y antes de que Hacienda los detecte, podemos reducir o eliminar las sanciones. De hecho, en la Ley general tributaria se contempla que haya reducciones en las sanciones “cuando el contribuyente actúe de manera proactiva para enmendar los errores cometidos”, explican desde la Administración.
Las rectificaciones se pueden realizar incluso tras finalizar la campaña
Al mismo tiempo, se dispone de un plazo limitado de tiempo. Los contribuyentes tienen hasta cuatro años para corregirla, siempre que Hacienda no haya emitido aún una liquidación definitiva o provisional por la misma causa.
Aunque se pueden realizar estas rectificaciones incluso tras finalizar la campaña, es recomendable corregir errores antes del 30 de junio de 2025, que es la fecha límite para presentar la Renta. Además, este año se incluyen novedades relevantes: nuevas casillas para autoliquidaciones rectificativas, la posibilidad de pagar mediante Bizum y más servicios de ayuda personalizados a través del Plan Le Llamamos.

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