Con la Campaña de la Renta en pleno funcionamiento, son muchos los contribuyentes que ya han rendido cuentas a Hacienda. Al hacerlo, justo al confirmar la entrega del borrador 2021, se descubre el resultado de la declaración de la Renta. En caso de que sea positivo, se puede elegir saldar el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) mediante el pago fraccionado.
Esta opción de la Agencia Tributaria permite al contribuyente fraccionar el pago en dos plazos, siempre que se cumplan con las fechas establecidas y no se trate de una declaración complementaria. ¿Quién puede beneficiarse de este sistema? Todos los ciudadanos que lo indiquen en su borrador, independientemente del método que hayan seleccionado para su presentación, siempre que lo marquen en la casilla.
Antes de explicar cómo se efectúa este procedimiento, paso a paso, hay que señalar cómo se aplica el aplazamiento del IRPF: el Fisco cargará el 60% de la cantidad a pagar el 30 de junio (cuando finaliza la campaña), mientras que el 7 de noviembre se cobrará el 40% restante. En caso de establecer otras fechas, Hacienda pasaría a revisar los plazos y podría ejecutar un interés fijo del 3,75%.
Seleccionar el pago fraccionado de la declaración de la Renta
Dentro del servicio de Renta Web, con el que se presentan las declaraciones por internet, el contribuyente tiene que marcar la opción “Pago fraccionado”. Por lo general, si el resultado de la declaración de la Renta ha sido positivo (toca pagar a Hacienda), aparecerá marcada automáticamente. Además, el sistema calcula la cantidad a pagar en cada plazo.
Tras esto, se puede optar por efectuar los pagos mediante domiciliación bancaria (solo hay que introducir el IBAN de la cuenta), pago electrónico o acudiendo presencialmente a una entidad bancaria. En caso de escoger la segunda opción, por pago electrónico, se puede pagar con cargo en cuenta, tarjeta de crédito/débito o mediante banca electrónica. Después solo habría que revisar los datos de la operación y pulsar en “Aceptar datos y confirmar”. Al hacerlo, se obtendrá el número de referencia completo (NRC) que se puede incluir en la declaración como justificante de pago.
Por último, también se puede saldar el IRPF con la descarga de un documento de pago para ingresarlo presencialmente en una entidad financiera, abonando la cantidad que corresponda. Si se escoge este método, la declaración quedará en un primer momento como presentada, pero “pendiente de ingreso”. Tras obtener la carga de pago, se podrá ingresar en la caja o el banco hasta el 30 de junio.
Multas por el impago del aplazamiento del IRPF
Si se solicitó el aplazamiento del IRPF en el momento de presentar la declaración de la Renta, se debe de saber que, en caso de incumplirlo, la Agencia Tributaria puede imponer multas con intereses de demora. En caso de efectuar el pago después del plazo, pero de forma voluntaria, sin el requerimiento de Hacienda, las sanciones serían las siguientes:
- Hasta 3 meses después de la fecha límite: recargo del 5%.
- Hasta 6 meses: recargo del 10%.
- Hasta 12 meses: recargo del 15%.
- Más de 12 meses de demora: recargo del 20% más pago de los intereses de demora. Actualmente, está fijado en un 3,75%, según se estableció en los Presupuestos Generales del Estado (PGE).
Por su parte, si es Hacienda quien tiene que reclamar el pago, las multas serán más elevadas. Según la gravedad, el recargo puede ser de entre el 50% y el 150% de la cantidad a pagar.
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