¿Cuándo se cobra el Ingreso Mínimo Vital en septiembre de 2023? Con el fin de las vacaciones de verano y el inicio del curso escolar a la vuelta de la esquina son muchas las personas beneficiarias que necesitan saber qué día paga la Seguridad Social esta prestación no contributiva.
La Seguridad Social abona el Ingreso Mínimo Vital el primer día hábil de cada mes. Ahora, es posible que este pago pueda verse retrasado dependiendo de la entidad bancaria.
Según los datos de la Moncloa y del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, El Ingreso Mínimo Vital (IMV) ha alcanzado a 661.338 hogares en los que viven 1.921.747 personas en España. De estos hogares, el 67% (447.176), son hogares en los que hay al menos un menor. Por ello, y dando que el inicio del curso escolar está a la vuelta de la esquina, se hace imprescindible saber qué día se cobra esta ayuda.
¿Qué día se paga el Ingreso Mínimo Vital en septiembre de 2023?
La Seguridad Social realizará el pago del Ingreso Mínimo Vital el primer día hábil del mes, es decir, el viernes 1 de septiembre de 2023. Pero, dependiendo de la entidad bancaria a la que pertenezcas, este ingreso podría verse retrasado al siguiente lunes, día 4.
Estas son las entidades que realizarán el ingreso el próximo viernes día 1 de septiembre:
- CaixaBank.
- Banco Santander.
- BBVA.
- Unicaja.
- Caja Rural.
- Banco Sabadell.
- Deustche Bank.
- Abanca.
- Bankinter.
- ING.
- Liberbank.
- Cajasur.
Por otro lado, las personas a las que le aprobaron el Ingreso Mínimo Vital (IMV) en agosto, es probable que no reciba el dinero hasta el próximo mes. Así que, hacia finales de septiembre, estas personas recibirá el dinero correspondiente a ambos meses: agosto y septiembre.
¿Cómo saber si te han aprobado el IMV?
Para aquellos que hayan presentado su solicitud para el Ingreso Mínimo Vital durante el transcurso de este mes, existe la posibilidad de consultar el estado de su solicitud. Este proceso permite verificar si el Ingreso Mínimo Vital ha sido aprobado o rechazado. Esta consulta se hace a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social.
Esta prestación no contributiva tiene una duración indefinida, siempre y cuando se sigan manteniendo los requisitos que dieron lugar a ella y se cumpla con sus obligaciones.
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